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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 PODER JUDICIAL
 Tribunal 19 de Primera Instancia de  Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
 Caracas, dieciséis (16)  de mayo de dos mil once (2011)
 201° y 152°
 
 ASUNTO: AP21-L-2011-002203
 
 Visto el escrito Transaccional, presentado por el ciudadano RAMON DUQUE, CI V-17.562.943 asistido debidamente por  la abogada MIRJA PEREZ IPSA N° 118.972 por una parte y por la otra el abogado JONATHAN VARELA IPSA N° 118.054 asimismo consigna anexos constantes de (4) folios útiles, y copia del cheque por la suma de Bs. 350.000,00, y además solicitan copias certificadas, este Juzgado previa revisión de las facultades conferidas en los Instrumentos Poderes otorgados por las partes a los referidos profesionales del derecho y por cuanto la Transacción celebrada, no se vulnera normas de orden público ni derechos irrenunciables del trabajador, de conformidad con lo establecido en el parágrafo único del artículo 3 de la Ley Orgánica  del Trabajo, en concordancia, con los artículos 9 y 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo le imparte su HOMOLOGACION, DANDOLE EFECTOS DE COSA JUZGADA.  Se acuerda la expedición de las copias cerificadas solicitadas. Todo en el juicio seguido por RAMON ELIAS DUQUE GALVIS  contra BIMBO VENEZUELA C.A.,
 
 La  Juez
 
 El Secretario
 
 Abg. Jhacnini Torres
 
 Abg. Henry Jesús Castro Sánchez
 
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