REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL
Tribunal Vigésimo (20°) de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, Dieciocho (18) de Mayo de dos mil once (2011)
200º y 152°

ASUNTO: AP21-L-2010-001756
PARTE ACTORA: RAFAEL PALACIOS ESPINOZA
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: NO ACREDITO A LOS AUTOS
PARTE DEMANDADA: INTERNACIONAL DE DESARROLLO, S.A.
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: FLOR ZAMBRANO FRANCO
MOTIVO: CALIFICACIÒN DE DESPIDO.

En el día hábil de hoy Miércoles Dieciocho (18) de Mayo de Dos Mil Once (2011), siendo las 9:00 a:m, oportunidad fijada para que tenga lugar el Inicio de la Audiencia Preliminar en el presente juicio, este tribunal deja constancia de la Incomparecencia a la misma de la parte actora el ciudadano RAFAEL PALACIOS ESPINOZA, titular de la cedula de identidad Nº 13.123.213,ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno, igualmente se deja constancia de la comparecencia la abogada FLOR ZAMBRANO FRANCO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 144.234, en su carácter de apoderada de la parte demandad, la empresa INTERNACIONAL DE DESARROLLO S.A. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Vigésimo (20) de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 200° y 152°
El Juez
Abg. Miguel Yilales Zurita
El Secretario.
Las Parte Abg. Ronald Arguinzones.

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