REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Vigésimo (20°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, dieciocho (18) de mayo de dos mil once (2011)
201º y 152º
ASUNTO: AP21-S-2011-000693
Visto los escritos transaccionales presentados en fecha siete (07) y ocho (08) de abril de dos mil once (2011) por la parte oferente: empresa SODEXHO VENEZUELA ALIMENTACIÓN Y SERVICIO, representada por su apoderado judicial el abogado en ejercicio SIMON JURADO BLANCO IPSA N° 76.855 y por la otra, los ciudadanos YENIS MATA, JOSE RONDON, IMAIRA CARAUCAN, JULIO SANTELIZ, y MARCO ESPAÑOL, titulares de las cédulas de identidad Nro. 8.237.155, 8.247.480, 8.268.094, 14.232.905, 18.590.568, respectivamente, en su carácter de partes oferidas, por los montos de Bs. (12.400,23), Bs.( 37.361,42), Bs. ( 24.123,45), Bs. ( 26.954,00), y Bs. ( 24.408,74), en el mismo orden, debidamente asistidos por el abogado MIGUEL FLORENCIO MEDINA ALCALÁ IPSA N° 135.375, asimismo visto que los mismo no vulnera derechos irrenunciables de los trabajadores ni normas de orden público, fue celebrada por personas debidamente facultadas para ello y contiene una relación circunstanciada de los hechos que la motivan y los derechos en ella comprendidos, este Tribunal Vigésimo (20°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en uso de sus competencias legales HOMOLOGA las transacciones; dándole efectos de cosa juzgada, de conformidad con el artículo 89, numeral 2 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia con los artículos 10 y 11 Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo.
El Juez
El Secretario
Abg. Miguel Yilales Zurita
Abg. Ronald Arguinzones
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