REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Vigésimo Quinto (25°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del
Área Metropolitana de Caracas
Caracas, dieciocho (18) de mayo de dos mil once (2011)
201º y 152º
ASUNTO: AP21-S-2011-000650

Visto el escrito transaccional presentado por el ciudadano NELSON SANCHEZ, cédula de identidad N° 19.959.686, asistido por el abogado KENNY MORENO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado con el N° 155.529 y, el abogado JESÚS LEOPOLDO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado con el N° 97.802, en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil Inversiones R.699, C.A., se evidencia que cumple con los presupuestos establecidos en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo y, artículos 9 y 10 de su Reglamento, al contener una relación circunstanciada de los hechos y del derecho comprendido. Asimismo, se observa que las partes libre de apremio y coacción, se hicieron recíprocas concesiones de los derechos litigiosos, dando por culminado el proceso, al concertar que el monto definitivo es por la cantidad de Bs. 1.271,30, debido a la relación que existió entre ambas partes, como lo reconocen en dicho escrito, por ello este Juzgado Homologa con fuerza de cosa juzgada la transacción bajo análisis, con excepción del desistimiento de la acción, manifestado por el trabajador, en observancia del criterio reiterado por la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, dando por terminado el presente asunto.

La Jueza,
La Secretaria
Abg. Milagros C. Jiménez
Abg. Dayana Díaz