REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

JUZGADO CUADRAGÉSIMO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA
METROPOLITANA DE CARACAS

Caracas, 25 de Mayo de 2011
Año 200° y 152°


ASUNTO N°: AP21-S-2011-000727

Vista la transacción presentada en fecha 14 de Abril de 2011, suscrita por la parte oferida, ciudadana YESSIKA BARROSO FIGUEREDO, titular de la cédula de identidad Nº 10.284.627, debidamente asistida por el abogado FERNAND BARROSO FUENMAYOR, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 53.285, por una parte y por la otra el abogado ANDRES CHUMACEIRO, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 76.433, en su carácter de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil C.A. RON SANTA TERESA, mediante la cual llegaron a un acuerdo transaccional por la cantidad de TRESCIENTOS VEINTITRES MIL SETECIENTOS TREINTA Y CUATRO BOLIVARES CON 27/100 (Bs.323.734,27), cancelados mediante dos cheques, el primero signado con el Nº 80880324, por la cantidad de CIENTO TREINTA Y OCHO MIL SETECIENTOS TREINTA Y NUEVE BOLIVARES CON 78/100 (Bs.138.739,78), de la entidad bancaria BanCaribe, a nombre de Yessica Beatriz Barroso, de fecha 22 de marzo de 2011, y el segundo signado con el Nº 21600357, por la cantidad de CIENTO OCHENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CUATRO BOLIVARES CON 49/100 (184.994,49), del Banco Nacional de Crédito, a nombre de Yessika Beatriz Barroso Figueredo, de fecha 11 de abril de 2011, este Tribunal HOMOLOGA dicha transacción conforme al articulo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo y los artículos 10 y 11 de su Reglamento, procediendo como en sentencia pasada en autoridad de Cosa Juzgada.
LA JUEZ

SADY CARDONA MORENO
LA SECRETARIA

DARLYS ANCHETA