REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.
Valencia, 18 de mayo de 2011
201º y 152º
ACTA DE DECLARACION TESTIFICAL.
En el día de hoy miércoles 18 de mayo de 2011, siendo las 11:50 a.m., día y hora fijado, por auto de fecha 17 de mayo de 2011, para que tenga lugar la declaración testimonial de la ciudadana Eusebia Castro de Suárez. Se anunció el acto por el alguacil de este Tribunal. Se deja constancia que compareció la abogada Mirla Montilla, IPSA Nº 156.394, quien asiste judicialmente a los solicitantes ciudadanos Juan Silverio Herrera González y Carmen Zenaida Molina de Herrera, venezolanos, titulares de las cédulas de identidad Nros. 2.968.152 y 4.222.131, respectivamente, quienes presentan a una persona que de conformidad con lo previsto en el articulo 486 del Código de Procedimiento Civil, presta juramento de decir la verdad y dijo ser y llamarse Eusebia Castro de Suárez, titular de la cédula de identidad Nº 2.211.564, de 69 años de edad, viuda, ocupación Agricultora, residenciada en la parroquia Miguel Peña, Asentamiento Campesino “ El Yagual”, Municipio Valencia del Estado Carabobo, manifestó no tener impedimento legal alguno para declarar sobre el interrogatorio que le será formulado a continuación. Seguidamente la abogada ut-supra identificada, pasa a formular el interrogatorio de viva voz de la siguiente manera: Primera: ¿Diga la testigo si conoce a los ciudadanos Juan Silverio Herrera González y Carmen Zenaida Molina de Herrera, de vista, trato y comunicación, y desde hace cuantos años? Respondió: si la conozco desde hace dos (02) años aproximadamente. Segunda: ¿Diga la testigo si le consta que dichas bienhechurias antes descritas las han construido a sus solas y únicas expensas? Respondió: si me consta, porque he visto como ellos tumbaron y levantaron parte de la casa y como mejoraron la parcela. Tercera: ¿Diga la testigo si sabe y le consta que los ciudadanos Juan Silverio Herrera González y Carmen Zenaida Molina de Herrera, han ocupado las referidas bienhechurias en forma pública, pacifica, continua e ininterrumpida y desde hace varios años? Respondió: si me consta, la señora Carmen y el señor Juan son personas muy tranquilas. Cuarta: ¿Diga la testigo como le consta lo anteriormente dicho? Respondió: me consta, porque vivo al lado de ellos es decir soy su vecina. Es todo, se leyó y conforme firman.
El Juez
JOSÉ DANIEL USECHE ARRIETA
LUIS ALFREDO ESCALONA El Secretario Accidental
La Testigo
Eusebia Castro de Suárez
C.I.Nº 2.211.564 Mirla Montilla
IPSA Nº 156.394
Los Solicitantes
Juan Silverio Herrera González Carmen Zenaida Molina de Herrera,
TITULO SUPLETORIO
Nº 00178