REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.
Valencia, 02 de mayo de 2011
201º y 152º

ACTA DE DECLARACION TESTIFICAL.
En el día de hoy lunes 02 de mayo de 2011, siendo las 10:10 a.m., día y hora fijado, por auto de fecha 02 de abril de 2011, para que tenga lugar la declaración testimonial del ciudadano Carlos Eduardo Arteaga. Se anunció el acto por el alguacil de éste Tribunal. Se deja constancia que compareció la abogada Glenyn Urbina, inscrita en el IPSA, bajo el Nº 151.921, asistiendo a la solicitante ciudadana María Castillo, venezolana, titular de la cédula de identidad Nº V-7.076.229, quien presenta a una persona que de conformidad con lo previsto en el articulo 486 del Código de Procedimiento Civil, presta juramento de decir la verdad y dijo ser y llamarse Carlos Eduardo Arteaga, titular de la cédula de identidad Nº 4.839.285, de 54 años de edad, soltero, técnico en refrigeración, residenciado en el Asentamiento Agrícola Altos del Paito, calle Araguaney, parcela Nº 51, Parroquia Miguel Peña, Municipio Valencia del Estado Carabobo, manifestó no tener impedimento legal alguno para declarar sobre el interrogatorio que le será formulado a continuación. Seguidamente la abogada, supra identificado, pasa a formular el interrogatorio de viva voz de la siguiente manera: Primera: ¿Diga el testigo si conoce a la ciudadana María Castillo, de vista, trato y comunicación, desde hace varios años? Respondió: Sí, la conozco desde hace dieciocho (18) años. Segunda: ¿Diga el testigo si le consta que dichas bienhechurías antes descritas la ha construido a sus solas y únicas expensas? Respondió: Sí. Tercera: ¿Diga el testigo si sabe y le consta que la ciudadana María Castillo, ha ocupado las referidas bienhechurías en forma pública, pacifica, continua e ininterrumpida desde hace varios años? Respondió: Sí. Cuarta: ¿Diga el testigo como le consta lo anteriormente dicho? Respondió: Por que somos vecinos. Es todo, se leyó y conforme firman.

El Juez
JOSÉ DANIEL USECHE ARRIETA
El Secretario Accidental
LUIS ALFREDO ESCALONA
Abogada Asistente
Glenyn Urbina
Solicitante
María Castillo
El Testigo
Carlos Eduardo Arteaga