| 
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 PODER JUDICIAL
 Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y
 Nacional de Adopción Internacional
 TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA
 DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN
 Caracas, trece (13) de  Mayo de dos mil once (2011).
 201º y 152º
 
 ASUNTO: AP51-J-2011-005358
 
 Vistas las actas procesales  que conforman el presente asunto, en especial el acta que antecede de esta misma fecha, en la cual se evidencia que no compareció el Curador propuesto en el presente asunto, ciudadano HERNANDO JAVIER GONZALEZ ROCHA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nro. 23.198.229; ni el solicitante, ciudadano OMAR ANTONIO VIDAL GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nro. V-22.050.390; este Tribunal de acuerdo con lo establecido en el artículo 514 de la Reforma Parcial de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, DECLARA EXTINGUIDO el procedimiento de solicitud de CURATELA. A tal efecto, se le hace de su conocimiento a la parte solicitante, que podrá intentar nuevamente la solicitud, transcurrido un (01) mes, contados a partir del día siguiente al de hoy. Así se Decide.
 LA JUEZA,
 
 Abg. ROSA CARABALLO.
 LA SECRETARIA,
 
 Abg. KARINA BORREGO.
 
 
 
 RC/KB/YG
 
 
 
 |