REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Nacional de Adopción Internacional
TRIBUNAL SEGUNDO (2°) DE PRIMERA INSTANCIA
DE MEDIACIÓN y SUSTANCIACIÓN
Caracas, veintiséis (26) de Mayo de dos mil once (2011).
201º y 152º

ASUNTO: AP51-J-2011-007532

Vistas las actas que conforman el presente asunto, es especial al acta levantada en esta misma fecha, en la cual se evidencia que no comparecieron los testigos promovidos en el presente asunto, ni los solicitantes, ciudadanos MARIZELA TRINIDAD MORALES MOLINA y CESAR JOSE KAHI MORALES, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad N° V-12.395.358 y 20.395.704, actuando la primera de los nombrados, en representación de su hijo, el niño (De conformidad con el Artículo 65 de la LOPNNA, se omiten todos aquellos datos o informaciones que de manera directa o indirecta identifiquen a los Niños, Niñas o Adolescentes), y el segundo actuando en su propio nombre, a la Audiencia Única, fijada para el día de hoy; este Tribunal de acuerdo con lo establecido en el artículo 514 de la Reforma Parcial de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, DECLARA EXTINGUIDO el procedimiento de la solicitud de DECLARACION DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS. A tal efecto, se le hace de su conocimiento a las parte solicitantes, que podrán intentar nuevamente la solicitud, transcurrido un (01) mes, contados a partir del día siguiente al de hoy. Así se Decide.
La Juez,

Abg. ROSA YAJAIRA CARABALLO.
La Secretaria,

Abg. KARINA BORREGO.

RC/KB/YG