REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional
Juez Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
Caracas, nueve (9) de mayo de dos mil once (2011)
201º y 152º

ASUNTO: AP51-S-2009-005211
Vistas las actas procesales que conforman el presente asunto y en especial la diligencia de fecha 28 de abril de 2011, presentada por la ciudadana RUTH AVENDAÑO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nro. V-4.358.803; asistida por el abogado GILBERTO E. PEREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 145.725, madre del ciudadano JUAN PABLO NUÑEZ AVENDAÑO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nro. V-22.916.463, mediante la cual solicita que este Tribunal efectué las gestiones pertinentes para la liberación del saldo de la cuenta de ahorro y sea puesto a la disposición de sus hijo JUAN PABLO NUÑEZ AVENDAÑO, en virtud de que este cumplió su mayoría de edad; en consecuencia este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes AUTORIZA al ciudadano JUAN PABLO NUÑEZ AVENDAÑO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nro. V-22.916.463; para que retire de la cuenta de ahorros Nº 0003-0081-13-0100466273, del Banco Industrial de Venezuela, la totalidad de los haberes que se encuentren depositados en dicha cuenta, en virtud de que el mismo cumplió la mayoría de edad. Líbrese oficio a la Oficina de Control de Consignaciones de este Circuito Judicial, a fin de realizar las diligencias tendientes al cumplimiento de lo ordenado por este Tribunal. Una vez se cumpla con lo aquí decidido se ordena el cierre y el archivo de la presente causa. Cúmplase.
LA JUEZ


ABG. ROSA CARABALLO
LA SECRETARIA

ABG. KARINA BORREGO
RC/KB/B