ASUNTO: KP01-P-2011-000662

AUTORIZACIÓN DE DESTRUCCIÓN DE DROGA


Celebrada como fuera la audiencia preeliminar en la presente causa en fecha 14 de abril de 2011, este Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal, en funciones de Control N° 2, autorizó la destrucción de la droga, y por cuanto consta en autos, solicitud de la Fiscalía 11 del Ministerio Público, se pasa a fundamentar en los siguientes términos:

1.- El ministerio Público solicita autorización para la destrucción de la sustancia estupefaciente y psicotrópica incluyendo empaques, en la causa seguida a FRANNY DASMAR FIGUEREDO FARFAN y discriminada en la experticia 9700-127-ATF-448-11 de fecha 14 de febrero de 2011, y en virtud de que la misma no tiene uso terapéutico, no se notifique al Ministerio en materia de Salud.

2.- De conformidad con lo previsto en el Artículo 193 de la Ley Orgánica de Drogas, se autoriza la destrucción de la sustancia descrita en la experticia N° 9700-127-ATF-448-11 de fecha 14 de febrero de 2011, previa verificación por parte del experto adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas destinado a tales efectos, previo el cumplimiento de todas las formalidades de ley.

En este sentido, tomando en consideración que en la respectiva experticia se deja constancia que la sustancia incautada no tiene uso terapéutico, de conformidad con lo previsto en el Artículo 117 de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, se exime de notificar al Ministerio del Poder Popular para la Salud y Desarrollo Social.

3.- Se ordena librar las correspondientes boletas de notificación, los oficios y la autorización correspondiente. Cúmplase.

El Juez


Abg. Leila-Ly De Jesús Ziccarelli De Figarelli

El Secretario