REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA
Barquisimeto, 18 de Mayo de 2011
Años: 200º y 151º

ASUNTO PRINCIPAL: KP01-P-2010-014036
Revisada la presente causa y visto el escrito presentado por el imputado YIMBER ELIEZER ADJUNTA ALVAREZ, titular de la Cédula de Identidad N° V-21.727.588, a quien la fiscalía le imputó la presunta comisión del delito de DISTRIBUCION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto en el artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas; mediante el cual solicita la extensión de las presentaciones, en razón a que estudia, trabaja y vive en el Municipio Urdaneta.
Este tribunal a los fines de determinar la procedencia de lo solicitado, observa de la revisión del sistema que la imputación fiscal se realizó en fecha 30/09/2010, sin que la representación fiscal haya concluido la fase de investigación, encontrándose dentro del lapso legal; en el mismo orden, se verifica del sistema que el imputado ha cumplido con sus presentaciones por lo que se encuentra sujeto al proceso, y verificado los recaudos anexos, considera quien aquí decide, en garantía de los derechos que tiene el imputado de trabajar y estudiar, así como del principio de inocencia y del principio de juzgamiento en libertad, lo procedente es declarar con lugar la solicitud y revisar la medida de coerción impuesta y extender el lapso de las presentaciones a cada Cuarenta y cinco (45) días, de conformidad con lo previsto en los artículos 256 numeral 3º y 264 del Código Orgánico Procesal Penal. ASI SE DECIDE.
DISPOSITIVA
Este Juzgado Octavo de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 256 numeral 3º y 264 del Código Orgánico Procesal Penal, DECLARA CON LUGAR la solicitud y revisa la medida de presentación a favor de YIMBER ELIEZER ADJUNTA ALVAREZ, titular de la Cédula de Identidad N° V-21.727.588, y se le EXTIENDEN las presentaciones a cada cuarenta y cinco (45) días a partir de la presente fecha, quien fue imputado por la presunta comisión del delito de DISTRIBUCION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto en el artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas. Líbrese las Boletas. Notifíquese a las partes. Regístrese. Publíquese. Cúmplase.
El JUEZ OCTAVA DE CONTROL

Abg. ALEXANDER GODOY JUAREZ