REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, once de mayo de dos mil once
201º y 152º
ASUNTO : KP02-S-2011-002553
Vista la solicitud que precede suscrita por los ciudadanos: ADRIANO LOUREIRO CURA y GABRIEL MARTINS DOS SANTOS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad número V.- 26.989.680 y 26.989.679, respectivamente, de este domicilio, actuando en este acto en su carácter de Directores Gerentes de la sociedad mercantil INVERSIONES BARQUIPAN C.A., debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del estado Lara, el día cuatro (4) de febrero del año 1994, bajo el No. 65, Tomo 6-A y modificada en fecha 12 de Mayo de 2009, inscrita por ante ese mismo registro en fecha 05 de Julio de 2009, bajo el Nº 14, Tomo 42-A y ratificada en fecha 07 de Julio de 2010, inscrita por ante ese mismo registro en fecha 09 de Julio de 2010, bajo el Nº 12, Tomo 48-A, conforme a lo cual manifiesta haber construido unas mejoras y bienhechurías tal como Consta de documento protocolizado por ante la Oficina Subalterna del Segundo Circuito de Registro del Municipio Iribarren del Estado Lara, de fecha 3 de Julio del año 1.998 y que quedo registrado bajo el Nº 15, Tomo 1º,Protocolo Primero, que nuestra representada, INVERSIONES BARQUIPAN C.A., es propietaria de un inmueble constituido por un lote de terreno de aproximadamente TRESCIENTOS SETENTA METROS CUADRADOS (370m2) y las bienhechurias sobre él construidas consistentes en un edificio de dos plantas y mezzanina, situado en la calle 26 entre carreras 17 y 18, Municipio hoy (Parroquia) Concepción de esta ciudad de Barquisimeto, estado Lara. El Edificio tiene un área aproximada de construcción de QUINIENTOS DIEZ METROS CUADRADOS CON DIEZ CENTIMETROS CUADRADOS (510,10M2), distribuidos así: La planta baja, tiene un área de 183,75 M2 con una mezzanina de 139,10 M2, y la segunda planta con un área de 187,25M2. El lote de terreno y las bienhechurias forman parte de un área de mayor extensión constituida por dos (2) lotes de terreno que son contiguos denominados lotes 2 y 3 en el documento de adquisición y cuyas medidas y linderos particulares son los siguientes: Lote Nº 2 con un área de aproximadamente TRESCIENTOS SETENTA METROS CUADRADOS (370m2), ubicado en la calle 26 entre carreras 17 Y 18, signado con los Nros 17-62 y 17-68, de esta ciudad de Barquisimeto, Municipio (hoy) Parroquia Concepción del Distrito (hoy,) Municipio Iribarren del Estado Lara, cuyos linderos son: NORTE: con Edificio que antes se denominó Mercado Sur o Mercado Central y fondo de casa que es o fue de Julio Montesinos; SUR: con Edificio denominado Centro Profesional, donde antes estuvo una casa que es o fue de José San Juan García; ESTE: con la calle 26, que es su frente; y OESTE: con casa y solar que es o fue de Rafael Partidas. Lote Nº 3 ubicado en la carrera 18 con calle 26 de esta ciudad de Barquisimeto, Municipio (hoy) Parroquia Concepción del Distrito (hoy,) Municipio Iribarren del Estado Lara, con un área de SETECIENTOS DOCE METROS CUADRADOS CON CINCUENTA DECIMETROS CUADRADOS (712,50 mm2) y cuyos linderos son: NORTE: con la carrera 18, que es su frente; SUR: con inmueble que es o fue de Edelmira Lucena; ESTE: con el mercado del sur; y OESTE: con inmueble que es o fue de Rafael Partidas. El lote de terreno y las bienhechurias se encuentran dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE: en línea de 34mts con edificio que antes se denominó Mercado Sur o Mercado Central y con terrenos que son o fueron propiedad de la compañía M.G.HOTELES, C.A.; SUR: en línea de 34mts con edificio denominado Centro Profesional Barquisimeto, donde antes estuvo una casa que fue de José San Juan García; ESTE: en línea de 10,30mts con la calle 26, que es su frente; y OESTE: en 11,50mts con terrenos que son o fueron propiedad de la compañía M.G. HOTELES, C.A. Sobre el citado Lote de terreno y bienhechurias consistentes en un Edificio, nuestra representada ha realizado Mejoras sobre las bienhechurias existentes con dinero de su patrimonio, las cuales consisten en: Local de Planta Baja, presenta actualmente un área de 141,00Mt2, producto de la redistribución del pasillo de circulación que permite el acceso a la edificación. En el local se nivelaron los pisos, se colocó piso de granito, se realizaron instalaciones eléctricas embutidas, se colocó cielo raso de sobretecho, se construyeron y reubicaron las nuevas paredes de linderos, se pintó y frisó el perímetro interno del local y de circulación vertical. Se colocaron por el frente portones tipo Santamaría y adicionalmente cerramientos en marcos metálicos con vidrios para dar acceso y luminosidad al local comercial.
Redistribución de áreas de circulación vertical y horizontal, en un área de construcción total de 43,73 Mt2. Se mejoraron acabados de escaleras y pasamanos, se redistribuyeron los espacios para permitir la ampliación de los locales comerciales y permitir el uso de la misma a la nueva edificación ubicada en el fondo de la parcela. Se distribuyó el espacio para permitir un área de depósito a nivel del primer piso y un área de oficinas a nivel de planta baja. Peldaños se recubrieron con caico, pared en área del descanso, escaleras están recubiertas con lenguetas de arcilla, otras paredes frisadas y pintadas en caucho, se colocaron pasamanos metálicos.
Se amplio el frente, permitiendo al Local Pb disponer de acceso techado y a los niveles planta 1 y planta 2 un incremento en el área de 42,38Mt2 y 46,42Mt2 respectivamente, para una ampliación total de 88,80Mt2. Estas ampliaciones mantiene las tipologías constructivas presentes en los locales en planta 1 y planta 2, es decir, con acabados adecuados para el uso de locales comerciales, y en su planta baja presentan los pisos recubrimientos en caicos de arcilla.
Remodelación de las áreas de locales comerciales en planta uno y planta dos. Se colocó piso de granito y caico, con rodapié de madera. Se mejoraron instalaciones eléctricas a nivel de paredes y techo, se colocó distribución interna para aire acondicionado, se colocó nuevo cielo raso tipo aluminio, se instalaron lámparas reflectantes. Se frisó y pintó paredes de lindero, se instalaron cerramientos en marcos de aluminio y vidrios en fachada de frente. Se reacondicionaron baños, se instalaron nuevas piezas sanitarias de calidades económicas, se mejoraron acabados con cerámicas en pisos y paredes
de los baños. Se disponen cuartos para equipos de aire acondicionado con puertas de aluminio. En la zona de la planta 2, se realizaron diversas divisiones internas con drywall.
La edificación nueva se construyó en el lindero oeste de la edificación original, de estructura convencional de concreto armado, su acceso y la circulación vertical es a través de la edificación original, de buenos acabados constructivos., la construcción comprende: Local de Planta baja, con techo de tabelones sin recubrimientos, dejando a la vista las instalaciones sanitarias de las plantas superiores, sus paredes lindero norte y oeste son de concreto armado, otras paredes de bloque, obra limpia con frisos bases. Dispone de un uso de depósito, presenta pisos de concreto. Baños con piezas línea económica con recubrimientos en pisos y paredes de cerámica, dispone de un tanque subterráneo de una capacidad de 40.000,00lts, Dispone de un área total de 127,17 Mt2.
Área del Primer Piso, destinada para el uso de oficinas. Presenta seis oficinas con seis baños, cada una de ellas con todas sus instalaciones eléctricas, sanitarias y de aire acondicionado. Presentan pisos recubiertos de cerámica, baños con piezas línea económica, con lavamanos empotrados, paredes y pisos recubiertos con cerámicas, puertas de madera entamborada, techos y paredes con frisos liso con pinturas de caucho en excelente estado. El área total de las oficinas y área de circulación horizontal es de 127,17Mt2. Segunda Planta, área de servicios presenta estructura metálica con techo de acerólit sobre losa de concreto impermeabilizada del Edificio. Presenta instalaciones sanitarias para un futuro desarrollo de uso comercial o de oficinas. Dispone de un área total de 127,17 Mt2. El inmueble original lo conformó una edificación de concreto armado, de tres niveles, de un área total aproximada de 466,00Mts2. Actualmente la edificación la conforman dos unidades independientes de estructura convencional de pórticos de concreto armado, de tres niveles. La edificación original dispone de mejoras en todos sus niveles y ampliación en su frente, actualmente tiene un área total de 555,53Mt2. La segunda edificación, ubicada hacia el lindero Oeste, presenta una construcción de 381,51Mt2, resultando un área de construcción total para todo el inmueble de 937,04Mts. El costo de las referidas Mejoras es de DOS MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y DOS MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL BOLIVARES CON DIECISIETE CENTIMOS (Bs. 2.942.255,17) , que equivale a 38.713, 88 U.T. calculadas a 76,00 Bolívares cada una, los cuales constan en dicha solicitud y careciendo de un título que le acredite el derecho de propiedad y posesión sobre las mejoras o bienhechurías; solicita que se le declare bastante y suficiente la justificación evacuada para asegurar el derecho de propiedad y posesión sobre las mejoras o bienhechurías antes dichas. Este Tribunal considera que de la justificación aludida conforme a las testimoniales rendidas por los testigos suficientemente identificados en auto, se evidencia claramente las pretensiones y fundamentos del solicitante y procediendo de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara bastante y suficiente la justificación evacuada para asegurar el derecho de propiedad y posesión a favor de los ciudadanos ADRIANO LOUREIRO CURA y GABRIEL MARTINS DOS SANTOS, en consecuencia este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener, aprueba la mencionada justificación y la declara TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD, sobre las bienhechurías antes descritas en la solicitud que ejercen los ciudadanos ADRIANO LOUREIRO CURA y GABRIEL MARTINS DOS SANTOS, antes identificados. A los fines de su registro, se le advierte al Registrador respectivo, que conforme al Acuerdo del 01 de Abril de 1.970, dictado por la extinta Corte Suprema de Justicia en Sala Político Administrativa, para proceder a la protocolización de un Título Supletorio expedido sobre bienhechurias en un terreno ajeno, se requiere la autorización del propietario, sea éste un ente Público o un particular.
Regístrese y Publíquese.
Expídase copia certificada de todas las actuaciones que conforman la solicitud así como de esta decisión. Devuélvanse los originales a la parte interesada.
EL JUEZ LA SECRETARIA.,
ABG. JOSÉ ALFONSO OCHOA.
AUDREY LORENA PINTO.
En esta misma fecha se expidió copia certificada para archivo.
JAO/ALP/fji
La sec.
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