REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Juzgado del Municipio Andrés Eloy Blanco
de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Sanare, 26 de Mayo del 2.011
Años: 201° y 152°
PARTES: LUCIA DEL CARMEN REINOZO contra JOHEL ALMEIDA
BENEFICIARIA: NOHELI DEL CARMEN REINOZO
MOTIVO: EXTINCION DE LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN
Previa revisión exhaustiva del presente expediente y por cuanto se desprende que la beneficiaria en la presente causa ciudadana NOHELI DEL CARMEN REINOZO; ya alcanzo la mayoría de edad, y actualmente tiene 25 años de edad; este Juzgado del Municipio Andrés Eloy de la Circunscripción Judicial del Estado Lara Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y de conformidad con el articulo 383, ordinal b. de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, DECLARA EXTINGUIDA, la obligación de manutención por parte del ciudadano YOHEL ALMEIDA, en beneficio de su hija NOHELI DEL CARMEN REINOZO. El Tribunal ordena la remisión del presente expediente al archivo Judicial. Cúmplase.-
El Juez Provisorio
Abog. Ender Rojas
La Secretaria del Juzgado
Abog. Caribay Goyo Lucena
Exp. Nº 640/01