Juzgado Quinto de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado. Carabobo.
SOLICITANTE (S): RUSSELL JOSEPH SMITH R., RUSSELL NEIL ALBERT SMITH PARMA y CATHY ANNE PATRICE SMITH, venezolanos, mayores de edad, solteros los dos últimos de los nombrados, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-3.981.480, V-7.046.045 y V-6.520.060 respectivamente, debidamente asistidos por el Abogado en ejercicio ANTONIO TRAVIESO AROCHA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 41.578, de este domicilio.
MOTIVO: DECLARACION UNICA DE HEREDEROS UNIVERSALES
(PERPETUA MEMORIA)
SENTENCIA: DEFINITIVA
EXPEDIENTE: 4544.|
I
Por presentado el escrito de solicitud en fecha 25 de enero de 2011, por los ciudadanos RUSSELL JOSEPH SMITH R., RUSSELL NEIL ALBERT SMITH PARMA y CATHY ANNE PATRICE SMITH, venezolanos, mayores de edad, solteros los dos últimos de los nombrados, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-3.981.480, V-7.046.045 y V-6.520.060 respectivamente, debidamente asistidos por el Abogado en ejercicio ANTONIO TRAVIESO AROCHA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 41.578, de este domicilio, mediante la cual solicitan sean declarados “UNICOS HEREDEROS UNIVERSALES” en sus condiciones de cónyuge e hijo sobrevivientes respectivamente de la de cujus, BERYL CATHERINE PARMA de SMITH, trinitaria, mayor de edad, identificada con la cédula de identidad Nro. E-803.505, quien falleció ab-intestato, en la ciudad de Valencia, estado Carabobo, en fecha 25-08-2.005. El Tribunal una vez analizadas las actuaciones que fueron acompañadas a la solicitud en referencia y evacuados los testigos ciudadanos, ESQUIVEL DE MEJIAS CARMEN ROSA y RODRÍGUEZ MELENDEZ EDGAR DANIEL, ambos venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-14.051.450 y V-5.384.677 respectivamente, de este domicilio, por ante este mismo Juzgado promovidos por la solicitante y a todo evento dejando a salvo los derechos de terceros, este TRIBUNAL QUINTO DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Declara CON LUGAR la solicitud de “UNICOS HEREDEROS UNIVERSAL” y en consecuencia declara conforme a los autos, a los ciudadanos RUSSELL JOSEPH SMITH R., RUSSELL NEIL ALBERT SMITH PARMA y CATHY ANNE PATRICE SMITH supra identificados, como “UNICOS HEREDEROS UNIVERSAL” de la difunta BERYL CATHERINE PARMA de SMITH, trinitaria, mayor de edad, identificada con la cédula de identidad Nro. E-803.505, quien falleció ab-intestato, en la ciudad de Valencia, estado Carabobo, en fecha 25-08-2.005, según consta del Acta de Defunción la cual se encuentra asentada bajo el Nro. 89, Tomo II, Año 2.005, en los Libros de Registro Civil de la parroquia San José, del Municipio Valencia del estado Carabobo, Estado Carabobo, dejando a salvo los derechos de terceros; Y ASÍ SE DECIDE.
Expídanse copias certificadas de la solicitud y de esta Decisión, a la parte solicitante.
Publíquese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del JUZGADO QUINTO DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO. En Valencia, a los nueve (09) días del mes de mayo del año dos mil once (2.011). Años 201° de la Independencia y 152° de la Federación.-
El Juez suplente Especial,
ABG. JOSÉ GREGORIO RODRÍGUEZ GONZÁLEZ.
La Secretaria Titular,
ABG. DARLEN NAZAR ARANGUREN.
En la misma fecha se publicó la anterior decisión, siendo las 11:50 de la mañana.-
La Secretaria Titular,
ABG. DARLEN NAZAR ARANGUREN.
Exp. Nro. 4544.-
JGRG/mical.-
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