REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, Diez de Mayo de dos mil once
201º y 152º
SENTENCIA
EXPEDIENTE: GP02-L-2010-002772
DEMANDANTE: ANDREEY MARELYS ROJAS .
DEMANDADA: ATENTO VENEZUELA, S.A. .
MOTIVO: CALIFICACION DE DESPIDO
Vista la transacción presentada en fecha 06 de Mayo del 2011, por la ciudadana ANDREEY MARELYS ROJAS, titular de la cédula de identidad N.° 13.275.318, asistida por el abogado DANILO GUTIERREZ, inscrito en el Inpreabogado N.° 61.283, actuando como demandante. También compareció por la empresa demandada ATENTO VENEZUELA, S.A., el abogado ELIO ANTONIO ALVARADO HENRÍQUEZ, inscrito en el Inpreabogado N.° 91.627, actuando como apoderado Judicial de la empresa, mediante la cual la ciudadana ANDREEY MARELYS ROJAS, declara recibir la cantidad de NOVENTA Y CINCO MIL BOLIVARES (Bs. 95.000,oo), a través de transferencia electrónica en su cuenta bancaria, por parte de la empresa ATENTO VENEZUELA, S.A. , por lo que solicitan al Tribunal que la homologue y le imparta el carácter de Cosa Juzgada.
El Tribunal de la causa, con vista a la transacción presentada por las partes y verificado el pago realizado y suscrito entre las partes y por no ser contrario a derecho y no violar precepto legal alguno, es por lo que este Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo lo Homologa en los Términos acordado por las partes, dándole efecto de Cosa Juzgada. Se ordena librar oficio a los fines del cierre del expediente y su custodia.
EL JUEZ
ABG. JOSE DARIO CASTILLO S.
LA SECRETARIA
ABG. TEYLU SEPULVEDA
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.
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