REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Juicio - Cumaná
Cumaná, 11 de Noviembre de 2011
201º y 152º

ASUNTO PRINCIPAL RP01-P-2011-002673
ASUNTO RP01-P-2011-002673

Analizadas como han sido las actas procesales que conforman la presente causa seguida al acusado RICHARD JOSÉ GUERRA, titular de la cédula de identidad N° 12.530045, de 39 años de edad, soltero, de profesión u oficio COMERCIANTE, natural de Carúpano, nacido en fecha 03-09-1971, hijo de Andrés López y Arelis Guerra, residenciado en Cariaco, Urb. Pancho Mayz, calle 02, casa 049, Municipio Ribero del Estado Sucre; por la presunta comisión del delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el Artículo 149 segundo aparte de la Ley Orgánica de Drogas, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD; este Tribunal observa:

Cursa a los folios 133 de la causa, oficio Nº 490/2011, suscrito por la Abg. Nelitzia D augusta V, representante de la oficina de participación ciudadana, mediante el cual remite escrito suscrito por el ciudadano NATIVIDAD LISCANO MARQUEZ, titular de la cédula de identidad nro 4.023.006, mediante el cual manifiesta que ya es escabino en otra causa penales seguida por el juzgado Segundo de Juicio, signada bajo el Nro RP01-P-2009-1502, por ello se solicita al este tribunal sea excluido de formar parte del Tribunal como escabino, de conformidad con lo establecido en el artículo 154 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal.

En fecha Siete (07) de Octubre del año dos mil once (2011), se procedió a realizar dicho sorteo, seleccionando a los siguientes candidatos a escabinos: Primero: MIGUEL ANTONIO MARIN SALCEDO; Segundo: JOSE DEL CARMEN WEKY NESSI; Tercero: NATIVIDAD DE JESUS LISCANO MARQUEZ; Cuarto: BETZAIDA DEL VALLE VALDIVIEZO LOPENZA; Quinto: INES TERESA SANCHEZ MARCANO; Sexto: NICOMEDES JOEL GUERRA MATA; Séptimo: CARLOS EDUARDO MARQUEZ ARISMENDI; Octavo: ANA MERCEDES ALMANDOZ RAFAEL; Noveno: ALEJANDRO RAFAEL ESPARRAGOZA CHACON; Décimo: NELSON JOSE MORALES SERRANO; Undécimo: CARMEN YELITZA LOPEZ RENGEL; Decimosegundo: CARLA ALEJANDRO DESIE GARCIA RONDON; Decimotercero: ZOILA JOSEFINA SALZAR MILLAN; Decimocuarto: SAROGINA ANTONIA BRITO BARRETO; Decimoquinto: CRISTOBAL RAMON CASTILLO AGÜERO; Decimosexto: ENER DEL VALLE BOADA.

Cursa en la causa RP01-P-2011-002061 la cual cursa por ante este tribunal oficio N° RK01OFO2011011542 al folio 212, emanado del Juzgado Segundo de Juicio de este Circuito Judicial Penal, el cual se acuerda agregar a la presente causa copias en copias certificadas en el que informa el Juzgado 2° de Juicio que la causa RP01-P-2009-1502 se encuentra pendiente por celebración de Juicio Oral y Público, habiéndose constituido como Tribunal Mixto en fecha 02/06/2011 siendo escabino titular el ciudadano NATIVIDAD DE JESÚS LISCANO MARQUEZ.

Establece el artículo 154 del Código Orgánico Procesal Penal, como requisitos para ser escabino o escabina, los siguientes:
Artículo 154 del Código Orgánico Procesal Penal, como causales de excusas para el desempeño de la función de escabinos; las siguientes:
Podrán excusarse para actuar como escabino:

1. Los que hayan desempeñado estas funciones dentro de los tres años precedentes al día de la nueva designación;
2. Los que realicen trabajos de relevante interés general, cuya sustitución originaría importantes perjuicios;
3. Los que aleguen y acrediten suficientemente cualquier otra causa que les dificulte de forma grave el desempeño de la función;
4. Quienes sean mayores de 70 años.


En atención al contenido del numeral 1 del artículo 154 del Código Orgánico Procesal Penal, observa este Juzgador que el ciudadano NATIVIDAD DE JESÚS LISCANO MARQUEZ, ya desempeña la función de escabino en el lapso de tiempo que establece el numeral 1° del artículo 154 del Código Orgánico Procesal penal, por ello este Tribunal considera que el fundamento de la solicitud de exclusión se ajusta a los parámetros de la norma antes citada, por lo tanto se declara con lugar la presente solicitud.

Por las razones antes expuestas, es por lo que este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela ACUERDA: La exclusión del ciudadano NATIVIDAD LISCANO MARQUEZ, titular de la cédula de identidad nro 4.023.006, de la lista de candidatos a escabinos sorteados en fecha 07/10//2011, de conformidad con lo establecido en el artículo 154 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes; al ciudadano Natividad de Jesús Liscano Márquez, y líbrese oficio a la oficina de Participación Ciudadana informando del contenido del presente fallo. Cúmplase.-
El Juez Tercero de Juicio.

Abg. Samer Romhain Marín.


La Secretaria.
Abg. Fabiola Bauza.