REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Vigésimo Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas
Caracas, catorce de noviembre de dos mil once
201º y 152º
ASUNTO : AP21-L-2010-004166
Vista la diligencia contentiva de la transacción, presentada en fecha 31 de octubre de 2011, por los abogados YAMIRA MARCANO abogado inscritos en el IPSA, N°: 32.022 en representación de la demandada EDITORIAL 2001 ,C.A Y PABLO PAREDES, abogado inscrito en el IPSA.N°:--130.012, actuando en representación de la parte actora ciudadanos ORLANDO MENDOZA ALCALA Y ALBERTO JOSE SEMACARITT , en sus caracteres de apoderados judiciales de la parte demandada y actora , respectivamente; con facultades especiales para transar; una vez revisada la transacción celebrada por las partes, se determina que la misma cumple con los requisitos exigidos en el encabezamiento del artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo y 10 de su Reglamento, por cuanto versa sobre los derechos reclamados en el escrito libelar, que está circunstanciada y fueron discriminados los derechos en ella comprendidos, en consecuencia este Juzgado homologa la transacción en los términos expresados por las partes, dándole efecto de cosa juzgada. Asimismo, con relación a la solicitud de copia certificada y de la devolución de las pruebas, este Juzgado las acuerda de conformidad. Por cuanto la presente causa se encontraba en fase de mediación. Se ordena la devolución de las pruebas.-
El Juez
El Secretario
Abg. Beatriz Pinto Abg. Kelly Sirit
|