REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Vigésimo Sexto (26°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, catorce de noviembre de dos mil once
201º y 152º
ACTA

N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2011-003498
PARTE ACTORA: MARÍA AUXILIADORA VERA TORRES
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: MIGUEL GÓMEZ
PARTE DEMANDADA: ECONOINVEST MERCADO DE CAPITALES C.A.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: MIGUEL ANGEL JOSÉ ZAPATA TORRES
MOTIVO: DEMANDA POR COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

Hoy, 14 de noviembre de 2011 día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, se deja constancia de la incomparecencia a la misma de la parte Actora MARÍA AUXILIADORA VERA TORRES, cédula de identidad NºV-9.882.784, ni por sí ni por medio de apoderado judicial alguno. Asimismo, se deja constancia de la comparecencia de la parte Demandada ECONOINVEST MERCADO DE CAPITALES C.A., su apoderado judicial, abogado MIGUEL ANGEL JOSÉ ZAPATA TORRES, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº126.314, quien consigna en copia simple en siete (7) folios útiles instrumento poder el cual se ordena agregar a los autos. En consecuencia, este Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO. Igualmente, se deja constancia que una vez precluya el lapso de impugnación de la presente decisión, se ordenará el archivo del expediente. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 152 y 201.
La Jueza

Abog. Mariela de Jesús Morales Soto
El Secretario
Abog. Ana Szurba

Apoderada Judicial de la Parte Demandada

Se deja constancia que en el día de hoy catorce (14) de noviembre de dos mil once (2011), se dictó, publicó y diarizó al presente decisión.
El Secretario
Abog. Ana Szurba