REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE PRIMERA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN
Caracas, 3 de noviembre de 2011
201° y 152°

Visto el escrito presentado en fecha primero (1º) de noviembre de dos mil once (2011), por el abogado Henrique Iribarren Monteverde, actuando en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil Pfizer Venezuela, C.A. mediante el cual solicita “…medida cautelar de suspensión de los efectos del acto administrativo de efectos particulares contenido en el Oficio Nro. 0296, dictado por el Director General del Servicio Autónomo de Contraloría Sanitaria en fecha 21 de enero de 2011 …”.

Este Juzgado de Sustanciación, vista la solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos solicitada, de conformidad con lo establecido en el artículo 105 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, y por cuanto no corresponde a esta instancia pronunciarse sobre su procedencia, acuerda abrir cuaderno separado, el cual se iniciará con la copia certificada de la solicitud, de la presente decisión y de los documentos con las cuales la parte recurrente acompañó la presente acción con el objeto de remitirlas a Corte, a los fines legales consiguientes.
La Juez de Sustanciación,


Belén Serpa Blandín
El Secretario,


Jothemberg Blanco Matheus


BSB/JBM/jb/msb
Exp. N° AP42-G-2011-000174