| 
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 PODER JUDICIAL
 Circuito Judicial del Tribunal Décimo Quinto de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional
 Juez  del Tribunal 15to
 Caracas, 07 de noviembre de 2011
 201º y 152º
 
 ASUNTO: AP51-J-2011-020142
 
 
 Vista las actas procesales que conforman el presente expediente y en especial la solicitud de AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA TRAMITAR VISA AMERICANA presentada, en fecha 02/11/2011, por la Abogada CARMEN MECÍAS, en su carácter de Defensora Pública Décima Quinta (15º), actuando representación de la ciudadana YOLIMAR ANALINA NIÑO DAZA y con fundamento en el interés superior de la niña (SE OMITE IDENTIDAD), de cinco (05) años de edad, este Tribunal lo ADMITE cuanto ha lugar en derecho por no ser contrario al orden público y a las buenas costumbres. En consecuencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 8 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 22 ejusdem, AUTORIZA SUFICIENTEMENTE a la ciudadana YOLIMAR ANALINA NIÑO DAZA, titular de la cédula de identidad Nº V-15.503.203, para que realice todas las diligencias necesarias por ante el Consulado de la Embajada Americana en Venezuela, a los fines de obtener las Visas correspondiente a su hija (SE OMITE SU IDENTIDAD), identificada anteriormente. De igual manera, se le indica a la parte solicitante que la presente resolución sólo será a los fines de tramitar lo concerniente a la tramitación de dichas Visas. Expídase por secretaría copia certificada de la presente sentencia y entréguese a la parte interesada., a los fines legales correspondientes. Cúmplase.
 La Juez
 
 El Secretario
 
 Abg. Lenni Carrasco Dorante
 
 Abg. Omar Sanz
 
 
 
 
 AP51-J-2011-020142
 Lcd/om/marianna
 
 |