República Bolivariana de Venezuela




Poder Judicial
Circuito Judicial Penal
Circunscripción Judicial del Estado Lara
Juzgado Sexto en Función de Control
Barquisimeto, 10 de Noviembre de 2011
Años: 200° y 150°

ASUNTO KP01-P-2008-010386
Juez de Control Nº 6. OSWALDO GONZALEZ ARAQUE
Fiscal del Ministerio Público Abg NATALININOSKA AMARO
Acusados: PIÑA DANNY ANTONIO, titular de la cédula de identidad Nº 17.100.958
Defensa: Milton Tua
Delito: POSECION ILICITA DE SUSTANCIA DE ESTUPEFACIENTE PREVISTO EN EL ARTICULO 34 de la ley ORGANICA CONTRA EL TRAFICO ILICITO Y EL CONSUMO DE SUSTANCIAS DE ESTUPEFACIENTE Y PSICOTROPICAS .
Audiencia del 46 del Código Orgánico Procesal Penal
Celebrada en fecha 09-11-2011 AUDIENCIA PRELIMINAR, en virtud del escrito acusatorio presentado la Representación Fiscal en la causa seguida contra deL imputado PIÑA DANNY ANTONIO, titular de la cédula de identidad Nº 17.100.958 Verificada la presencia de las partes; se dejó constancia que se encontraban presentes para la realización del acto: en representación de la Fiscalía del Ministerio Público Abg. NATALININOSKA AMARO, Seguidamente el juez se le concede la palabra a la representante del Ministerio Público, una vez revisado el presente asunto, QUE SE CUMPLAN LOS SUPUESTOS EN EL ARTICULO 46 CON REPECTO A LA REVOCACION DE LA MEDIDA Y EN CONSECUENCIA A LA REANUDACION DEL PROCESO CON EL DICTADO DE SENTENCIA CORRESPONDIENTE POR CUENTO RIELA EN EL INFORME FOLIO 5 INFORME Nº 810 DESFAVORABLE Y POR OTRA PARTE FUE VERIFICADO EN EL IURI APREHECION EN FLAGRACIA EN EL QUE SE ENCUENTRA INCURSO EL CIUDADANO POR PRESUMIRSE LA CONDICION DE HURTO CALIFICADO Y USO DE ADOLOSCENTE PARA DELINQUIR ELEMENTOS SUFICIENTE PARA REVOCAR LA MEDIDA DEL ACUSADO..
Seguidamente se le concede la palabra a la Defensa quien manifestó :evidentemente cuando el legislador le otorga al tribunal de control la facultad de otorgar medidas cautelares es porque el legislador patrio ofrece la oportunidad al justiciable de ser juzgado en libertad y darle la oportunidad de enmendar sus actos, pero es el caso y para nadie es un secreto que en este país después que una persona presenta antecedente penales es difícil conseguir trabajo estable y cuando consiguen cualquier situación que ocurra en Esa empresa son los primeros sospechosos de ahí podré insertar a estos jóvenes a la sociedad, sin embargo el informe que presenta la unidad de apoyo penitenciario el cual hace referencia M.P, cundo se refiere a la evolución del caso indica que durante el lapso de aprobación mi representado asistió puntual responsablemente a las entrevistas a la supervisión de la medida, se mantuvo en diversa labores como :caleteros, vigilante de una granja, obrero pero lamentablemente el 17-03-2011 en la empresa donde trabajaba se cometieron unos hurtos y al hacerse el chequeo lo detienen como sospechoso le otorgan la libertad y queda bajo presentación, solicito ciudadano juez no revoque la medida se procede en consecuencia al art46 ordinal 2 que le da facultad de ampliar por una vez mas dicha suspensión tomando en cuenta que mi reprensado tiene las ganas de trabajar. Quiero consignar en este acto constancia emitida por la unidad de apoyo del sistema penitenciario de Barquisimeto suscrita por la doctora elianny Rodríguez delegado de prueba por esa unidad donde indica que el 21-07-2011 finalizo la medida de suspensión del proceso y estamos dispuestos a someternos una vez mas a dicha situación. Es todo”.
DISPOSITIVA.
Por todo lo antes expuesto este Tribunal de Control Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, PRIMERO: AMPLIA LA SUSPENSION CONDICIONAL DEL PROCESO, a favor del imputado, PIÑA DANNY ANTONIO titular de la Cédula de Identidad No. 17.100.958, por el lapso de UN (01) AÑOS sometiéndo al imputado a las siguientes condiciones Segundo: Residir en una dirección determinada de conformidad con el articulo 44 ordinal 1 y 2° del Código Orgánico Procesal Penal. TERCERO: Presentarse En la ONA y someterse al tratamiento de Desintoxicación, y la referida organización deberá enviar al Tribunal un informe mensualmente de la comparecencia del mismo. CUARTO notifíquese, publíquese y regístrese la presente decisión.

ABG. OSWALDO JOSE GONZALEZ ARAQUE .

JUEZ SEXTO EN FUNCIONES DE CONTROL

LA SECRETARIA.