REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES SEXTO DE JUICIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LARA
201º y 152º
Barquisimeto, 17 de Noviembre de 2011

ASUNTO PRINCIPAL: KP01-P-2009-001388
“DEVOLUCIÓN DE EXPEDIENTE A CONTROL ”:

Corresponde a este, Juzgado de Primera Instancia en funciones Sexto de Juicio del Estado Lara, pasar a pronunciarse respecto a solicitud efectuada en sala de Audiencias por las partes en fecha 01 de Noviembre de 2011, donde las partes solicitan que el presente asunto se remita al Tribunal de Control de Nº 06, en virtud que en fecha 06 de Noviembre de 2009 se celebro Audiencia Preliminar ADMITIENDO LA ACUSACIÓN fiscal únicamente por el delito de HOMICIDIO CALIFICADO EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA, no admitiendo el delito de AGAVILLAMIENTO, admitiendo los medios probatorios de la representación Fiscal y de la defensa, no pronunciándose respecto a la Admisión o no de la Acusación Privada, y en el Auto de Apertura a Juicio es que Admite la Acusación Privada, es por lo que este Tribunal considera en devolver el presente Asunto al Tribunal de Control Nª 06 para que subsane el error evidenciado por las partes. Así se decide.

DECISIÓN
Este Tribunal de Primera Instancia en funciones Sexto de Juicio en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide en los siguientes términos: PRIMERO: Devuelve el presente Asunto al Tribunal de Control Nº 06 para que subsane el error evidenciado por las partes.
Notifíquese a las partes. Cúmplase.-

JUEZ SEXTO DE JUICIO

MARISOL LÓPEZ GONZÁLEZ

SECRETARIO (A)