REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL
CIRCUNSCRIPCION DEL ESTADO LARA
TRIBUNAL EN FUNCION DE EJECUCION Nº 2
Barquisimeto, 10 Noviembre del 2011
Años: 201º y 152º
ASUNTO: KP01-P-2006-004786
EXTINCION DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL
Se evidencia que GERARDO ANTONIO SANCHEZ, Titular de la Cedula de Identidad: V-17.228.317, fue condenado a cumplir la pena de Cinco (05) Años y Cuatro (04) Meses de Prisión, más las accesorias previstas en el artículo 16 del Código Penal, por encontrarlo culpable de la comisión de los delitos de Robo Genérico, previsto y sancionado en los artículos 455 del Código Penal vigente.
Se constata según Computo de fecha 20 de Enero del 2011 que el Penado Cumple la Pena el 10 de Noviembre del 2011, en consecuencia Se Declara la Extinción de la Responsabilidad Criminal por Cumplimiento de la Pena de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 105 del Código Penal; Y Así se Decide.
DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal de Ejecución No. 2, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, y en virtud de lo dispuesto en el Artículo 105 del Código Penal, DECLARA LA EXTINCIÓN DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL POR EL CUMPLIMIENTO DE LA PENA a GERARDO ANTONIO SANCHEZ, Titular de la Cedula de Identidad: V-17.228.317, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 105 del Código Penal.
ASIMISMO NOTIFIQUESE AL DIRECTOR DE LA PENITENCIARIA GENERAL DE VENEZUELA QUE EL PENADO DEBERA QUEDAR DETENIDO EN DICHO CENTRO DE RECLUSION A LA ORDEN DEL TRIBUNAL EN FUNCION DE CONTROL Nº 2 DE ESTE CIRCUITO JUDICIAL PENAL, SECCION DE RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTE POR CUANTO PRESENTA ORDEN DE CAPTURAS EN EL ASUNTO SIGNADO BAJO EL NUMERO KV01-S-2002-000009
Notifíquese al Tribunal en Función de Control Nº 2 de este Circuito Judicial Penal Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente en el asunto signado bajo el numero KV01-S-2002-000009, al Fiscal Décimo Tercero del Ministerio Público del Estado Lara, a la Defensa y al Penado.
Regístrese, Publíquese, Notifíquese y Ofíciese.
EL JUEZ DE EJECUCIÓN Nº 2
ABG. LUIS ALFONSO MARTINEZ
LA SECRETARIA
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