REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO IRIBARREN

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, diecisiete de noviembre de dos mil once
201º y 152º

ASUNTO : KP02-S-2011-003892

Vista la anterior solicitud presentada por la ciudadana DORILA DEL CARMEN MEDINA RINCONES, venezolana mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 3.858.161, de este domicilio, asistida por la abogada en ejercicio IRMAN DEL CARMEN GONZALEZ, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nro. 127.427, y evacuados los testigos por ante este Juzgado, este Tribunal considera suficientes las declaraciones, y llenos los requisitos para declarar a favor de la solicitante DORILA DEL CARMEN MEDINA RINCONES, ya identificada. La propiedad de las bienhechurías que se encuentran plenamente identificadas en la presente solicitud, las cuales construyo con dinero de su propio peculio, en un terreno Ejido, cuya ubicación, medidas, características y linderos constan en la solicitud que encabeza estas actuaciones. En consecuencia, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TITULO SUPLETORIO DE POSESION Y DOMINIO a favor de la ciudadana DORILA DEL CARMEN MEDINA RINCONES, anteriormente identificada, de conformidad con lo establecido en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil; QUEDANDO A SALVO EN TODO CASO LOS DERECHOS DE TERCEROS.

EL JUEZ EL SECRETARIO. ACC,
ABG. JOSÉ ALFONSO OCHOA.
Abg. CHRISTIAN TORRES.


En esta misma fecha se expidió copia certificada para archivo.
JAO/ALP/G.C.

El Sec. Acc.