Visto el Pago efectuado por la parte demandada en fecha 09-11-11, por ante el Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de esta Circunscripción Judicial, a fin dar por terminado el presente juicio, la cual fue debidamente aceptada por la parte actora. En consecuencia, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte su homologación al mismo de conformidad con lo establecido en el artículo 255 del Código de Procedimiento Civil, en los términos en que fue expuesto y una vez conste en autos la obligación cumplida se ordenará el archivo del expediente.-