De la revisión exhaustiva del presente asunto, el Tribunal respecto a la admisibilidad de la presente causa, observó que en la presente demanda por DESLINDE, intentada por DULCE MINERVA VALERA PATEARROY, asistida por la abogada SONCIRE DIAZ, contra los ciudadanos DOMINGO RODRÍGUEZ y ELDA GONZÁLEZ, el Tribunal declara INADMISIBLE la misma en virtud de que la misma no llena los extremos de ley exigidos por los artículos 340 y 720 del Código de Procedimiento Civil. Y ASÍ SE DECLARA.