En fecha 26-10-2011, la parte actora desistió de la presente causa, en virtud que la parte demandada realizó la entrega del inmueble. En consecuencia, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte su homologación al mismo de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, asimismo da por terminado el juicio y acuerda remitir el expediente al archivo judicial e igualmente acuerda devolver los documentos originales previa certificación en autos.-