REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, Ocho de Noviembre de dos mil once
201º y 152º


SENTENCIA


EXPEDIENTE: GP02-S-2011-000995
PARTE OFERENTE: PHARSANA DE VENEZUELA, C.A.
PARTE OFERIDA: IRMARY CARMEN GIL BONETT
MOTIVO: OFERTA REAL DE PAGO

Vista la transacción presentada en fecha 04 de Noviembre del 2011, por la ciudadana IRMARY CARMEN GIL BONETT, titular de la cédula de identidad N.° 19.330.898, asistida por el abogado IVAN NASSIM AGUIN, inscrito en el Inpreabogado N.° 174.424, actuando como oferida y por la empresa oferente, el abogado HECTOR BARCENAS, inscrito en el Inpreabogado N.° 137.747, actuando como apoderado Judicial de la empresa PHARSANA DE VENEZUELA, C.A., mediante la cual, la ciudadana IRMARY CARMEN GIL BONETT, declara recibir la cantidad de DOS MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y CUATRO BOLIVAR CON OCHENTA Y TRES CENTIMOS (Bs. 2.294,83) por parte de la empresa PHARSANA DE VENEZUELA, C.A., por lo que solicitan al Tribunal que la homologue y le imparta el carácter de Cosa Juzgada.

El Tribunal de la causa, con vista a la transacción presentada por las partes y verificado el pago realizado y suscrito entre las partes y por no ser contrario a derecho y no violar precepto legal alguno, es por lo que este Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo lo Homologa en los Términos acordado por las partes, dándole efecto de Cosa Juzgada. Se ordena librar oficio a los fines del cierre del expediente y su custodia.
EL JUEZ


ABG. JOSE DARIO CASTILLO S.


LA SECRETARIA

ABG. MARIA ELENA FUENTES

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.