REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, Nueve de Noviembre de dos mil once
201º y 152º

ACTA

N° DE EXPEDIENTE: GP02-L-2010-000519
PARTE ACTORA: ROSALES SEQUERA RAFAEL VICENTE
PARTE DEMANDADA: DANAVEN, C.A.
MOTIVO: ENFERMEDAD OCUPACIONAL


En el día hábil de hoy Nueve (09) de Noviembre de 2011, siendo las 2:00 p.m., del día y la hora fijada por este Tribunal, para la prolongación de la Audiencia Preliminar en la presente causa, habiéndose realizado el llamado correspondiente por parte del Alguacil de este Circuito Laboral, para la comparecencia de las partes a la Audiencia Preliminar y tratándose de una prolongación de la Audiencia se hizo un segundo llamado, por lo que este Tribunal deja constancia de la incomparecencia de ambas partes, por medio de apoderado Judicial alguno. Por lo que, de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Déjese copia en el archivo. Años 201 ° y 152 °.
EL JUEZ
ABG. JOSE DARIO CASTILLO S.
LA SECRETARIA
ABG. MARIA ELENA FUENTES.

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.
LA SECRETARIA
ABG. MARIA ELENA FUENTES