TRIBUNAL SEPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN,
MEDIACIÒN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
Valencia, Ocho (08) de Noviembre de 2011
201º y 152°


ASUNTO: GP02-S-2011-000993
OFERENTE: PHASANA DE VENEZUELA, C. A.
OFERIDO: ALFREDO JOSE LAMEDA LOPEZ
MOTIVO: OFERTA REAL DE PAGO


Vista la Transacción, presentada por las partes ALFREDO JOSE LAMEDA LOPEZ, asistida por el abogado IVAN PASTOR NASSIN AGUIN PARADA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N.° 174.424, y por la otra la empresa PHASANA DE VENEZUELA, C. A., representado por su Apoderado Judicial abogado HECTOR BARCENAS, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N.° 137.747, en la que se puede constatar del Acuerdo entre las partes; Así como copia de Cheque del Banco Provincial, Número de Cuenta 080001360100022910, Cheque N° 00895590, por Bs. 3.242,66. Por lo antes descrito, este Tribunal Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Homologa el Acuerdo realizado por las partes, y por cuanto los acuerdos alcanzados por estas no vulneran derechos irrenunciables del trabajador derivados de la relación de trabajo, ni hay violación de normas de Orden Publico, en consecuencia, se da por terminado el juicio, se le otorga los efectos de Cosa Juzgada, se ordena el archivo del expediente.
LA JUEZ,

Abg. ADRIANA MARQUEZ VALDECANTOS


LA SECRETARIA,

Abg. MARIA ELENA FUENTES.