REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Juicio - Cumaná
Cumaná, 10 de Octubre de 2011
201º y 152º

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2010-004966
ASUNTO : RP01-P-2010-004966

Analizadas como han sido las actas procesales que conforman la presente causa seguida al acusado ciudadano HERMES DOUGLAS GUERRA MATA, de 47 años de edad; titular de la cédula de identidad N° 8.441.460; natural de Cumaná; nacido en fecha 09-11-63; hijo de Hermes Guerra y Olivia Mata; divorciado; de profesión u oficio dueño de una estética; residenciado en Urb. San Miguel, calle 4, casa N° 30-17, Cumaná, Estado Sucre, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CONCAUSAL; previsto y sancionado en el artículo 408 del Código Penal; en perjuicio de la ciudadana XIOMARA DEL CARMEN CARDIETT NÚÑEZ DE LÓPEZ (occisa); este Tribunal observa:

Cursa en las actas que anteceden al presente fallo, oficio Nro 444/2011, suscrito por la Abg. Nelitzia D augusta V, representante de la oficina de participación ciudadana, mediante le cual informa a este tribunal que el candidato a escabino RICHARD BRUZUAL, titular de la cédula de identidad 11.383.035, es discapacitado y anexa copia del certificado de discapacidad en el que se indica que tiene discapacidad auditiva, grado: completo (4), por lo que plantea excusa de conformidad con el artículo 151 numeral 7° del Código Orgánico Procesal penal.

En fecha nueve (09) de Agosto del año dos mil once (2011), se procedió a realizar sorteo de candidatos a escabinos, resultado seleccionados: Primero: RICHARD JOSE BRUZUAL Segundo: MIGUEL JOSE MORENO RAMOS; Tercero: CRISPI RAFAEL FIGUEROA GONZALEZ; Cuarto: LUISA BAUTISTA HERNANDEZ DE PASOS; Quinto: MIRVIA JOSEFINA MILAO MARIN; Sexto: JUANA BAUTISTA RODRIGUEZ SALAZAR; Séptimo: JOSE GREGORIO VARGAS LNARES; Octavo: CARMEN DEL VALLE GIL MADRID; Noveno: WENSY OZOLS NARBOA; Décimo: JOSE ANTOIO ROMERO DONADO; Decimoprimero: YRADIS SANTAMARIA MOTA; Decimosegundo: EGLETT DEL CARMEN GUEVARRA SUAREZ; Decimotercero: EDGARLY JOSE NUÑEZ MARQUEZ ;Decimocuarto: ANGEL BAUTISTA MARQUEZ; Decimoquinto: ERIBELT JOSE FIGUEROA Y Decimosexto: JGRISELIA BAUTISTA MARIN MUJICA.

En atención al contenido del numeral 7 del artículo 151 del Código Orgánico Procesal Penal, observa este Juzgador que el ciudadano Richard Bruzual presenta discapacidad auditiva permanente que le impide formar parte de este Tribunal como escabino de conformidad con la norma antes citada, discapacidad auditiva grado 4, completa, por ende este impedimento físico le impide ejercer tan importante función, por ello este Tribunal acuerda excluirlo de la lista de escabinos sorteados en fecha en nueve (09) de Agosto del año dos mil once (2011). Así se decide.

Por las razones antes expuestas, es por lo que este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela ACUERDA: La exclusión del ciudadano Luís Patiño, titular de la cédula de identidad nro 11.383.035, de la lista de candidatos a escabinos sorteados en fecha 09/08/2011, de conformidad con lo establecido en el artículo 151 ordinal 7° del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes; al ciudadano Richard Bruzual y líbrese oficio a la oficina de Participación Ciudadana informando del contenido del presente fallo. Cúmplase.-
El Juez Tercero de Juicio.

Abg. Samer Romhain Marín.


La Secretaria.
Abg. Fabiola Bauza.