REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Juicio - Cumaná
Cumaná, 18 de Octubre de 2011
201º y 152º

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2011-002330
ASUNTO : RP01-P-2011-002330

Analizadas como han sido las actas procesales que conforman la presente causa seguida a los acusados CARLOS LUÍS RIVAS GONZÁLEZ, de 29 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 17.447.542; soltero, ayudante de Albañilería, nacido en fecha 13-10-1981, hijo de Fernando Rivas y Elizabeth González; y residenciado en San Luís Segundo, vereda 05 Casa N°.02, cerca del aeropuerto viejo, Cumaná, Estado Sucre; GIOVANNY ARTURO THOMAS MACADAN, de 29 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 16.480.449; soltero, oficio albanil, nacido en fecha 08-03-1982, teléfono 0424-817-0261, hijo de Giovanny Thomas y Enilde Macadan; y residenciado San Luí Segundo, Vereda N° 5, Casa N° 1, cerca de la Bodega propiedad del Sr. Douglas, Cumaná, Estado Sucre Y JEAN CARLOS VALDÉZ VÉLIZ, de 20 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 21095.236; soltero, ocupación Obrero, nacido en fecha 07-03-1991, hijo de Richard Valdéz y Eiani Véliz; y residenciado en el Barrio Cumanagoto Segundo, Vereda N° 2, Casa N° 62, cerca del Abasto Cumanagoto, Cumaná, Estado Sucre; por la presunta comisión del delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el segundo aparte del artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD, este Tribunal observa:

Cursa a los folios 203 al 205 y 207 al 209 oficios 475/2011 y 457/2011 suscritos por la Abg. Nelitzia D augusta V, representante de la oficina de participación ciudadana, mediante le cual remite a este juzgado recaudos relacionados con los ciudadanos ERNESTO JOSE MARTINEZ, titular de la cédula de identidad Nro 13.379.157 y ANDRES ANTONIO FIGUEROA, titular de la cédula de identidad Nro 10.951.187, candidatos a escabinos, por tanto por cuanto ambos comunicados guardan relación con la presente causa, este Tribunal procede a acumularlos y decidirlos ambos mediante el presente fallo; así mismo indican ambos oficios que el ciudadano ERNESTO JOSE MARTINEZ, no es bachiller, y en relación al ciudadano ANDRES ANTONIO FIGUEROA, que el mismo es miembro del Instituto Autónomo de Policía del Estado Sucre, por tanto platean excusas de cumplir la función de escabinos.

En fecha dieciséis (16) de Septiembre del año dos mil once (2011), se procedió a realizar sorteo, seleccionando a los siguientes candidatos a escabinos: Primero: EDISO ENRIQUE HERNANDEZ HERNANDEZ Segundo: JOANGEL FRANCISCO BOGADO SALGADO; Tercero: GLORIA JOSEFINA VARGAS DE MISTAGE; Cuarto: JAIME RAUL CORDOVA VALDERRAMA; Quinto: NELLY FELIPA ROMERO JIMENEZ; Sexto: ANDRES ATONIO FIGUEROA SALAZAR; Séptimo: NORELYS DEL CARMEN LEON DE ADRIAN; Octavo: CARMEN MERCEDES SALAZAR ARCAY; Noveno: MIGUEL JOSE BARRIOS RODRIGUEZ; Décimo: YSMAEL JOSE RIVERO MATA; Undécimo: DAMASO ANTONIO ALFONZO ROMERO; Duodécimo: JOSMARY DAYAMA LOPEZ FIGUEROA ; Decimotercero: SORRENNY JOSE MARTINEZ; Decimocuarto: DIORLYS JOSE GOMEZ RAMIREZ; Decimoquinto: ERNESTO JOSE MARTINEZ. Décimo sexto: ARISTIDES RAMON VASQUEZ.

Verificado como ha sido que ambos ciudadanos resultaron electos como candidatos a escabinos, este Tribunal cita el contenido del artículo 151 numeral 3° del Código Orgánico Procesal Penal, el cual establece entre otros como requisitos para ser escabino o escabina, ser por lo menos bachiller, asimismo el artículo 152 numeral 11 eiusdem, establece la prohibición de que los funcionario policiales la desempeñen la función de escabinos, por ello este Tribunal acusada excluir a los ciudadanos ERNESTO JOSE MARTINEZ, titular de la cédula de identidad Nro 13.379.157 y ANDRES ANTONIO FIGUEROA, titular de la cédula de identidad Nro 10.951.187, de la lista de candidatos a escabinos sorteados en fecha dieciséis (16) de Septiembre del año dos mil once (2011). Así se decide.-

Por las razones antes expuestas, es por lo que este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela ACUERDA: La exclusión de los ciudadanos ERNESTO JOSE MARTINEZ, titular de la cédula de identidad Nro 13.379.157 y ANDRES ANTONIO FIGUEROA, titular de la cédula de identidad Nro 10.951.187, de la lista de candidatos a escabinos sorteados en fecha 16/09/2011, de conformidad con lo establecido en los artículos 151 ordinal 3° y 152 numeral 11° del Código Orgánico Procesal penal. Notifíquese a las partes; a los ciudadanos ERNESTO JOSE MARTINEZ, y ANDRES ANTONIO FIGUEROA. Líbrese oficio a la oficina de Participación Ciudadana informando del contenido del presente fallo. Cúmplase.-
El Juez Tercero de Juicio.

Abg. Samer Romhain Marín.
La Secretaria.

Abg. FABIOLA BAUZA