REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL LOPNA. EXTENSIÓN CARUPANO

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE EXTENSIÓN CARÚPANO
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL
SECCIÓN ADOLESCENTE
Carúpano, 17 De octubre de 2011
201º y 152º

ASUNTO PRINCIPAL: RP11-D-2011-000243
ASUNTO: RP11-D-2011-000243

Modificación de medida cautelar de presentación.

Vista la diligencia interpuesta en fecha 14/10/11 por la defensora pública Abg. Lisbeth Marcano M. mediante la cual solicita la revisión de la medida cautelar sustitutiva de presentación impuesta a su defendida: Omissis, a los fines de que se le cambie el lugar de las presentaciones al Estado Bolívar en virtud del cambio de que la misma se encuentra domiciliada en dicha entidad. Éste Tribunal para decidir observa:
Primero: Que en audiencia de presentación de imputado celebrada en fecha 08/08/11 se le otorgó a la adolescente: Omissis, el régimen de presentación de cada tres (03) días por el lapso de dos (02) meses por ante el alguacilazgo de éste Circuito Judicial Penal, por ante el alguacilazgo de éste Circuito Judicial Penal. Por lo que evidentemente al 08/10/11 se venció el lapso previsto por éste despacho para las respectivas presentaciones.
Segundo: La defensa solicita al amparo del artículo 61 del Código Orgánico Procesal Penal, la remisión del presente asunto de la Sección Adolescentes de la Ciudad de San Félix Estado Bolívar, sin embargo, la presente causa no puede ser declinada a otra jurisdicción, en virtud de que se encuentra en fase preparatoria en la cual el régimen de presentaciones impuesto a los imputados ya cesó, así mismo éste Tribunal es el competente por el territorio ya que el hecho se cometió presuntamente en ésta jurisdicción, por lo que el Tribunal de Ejecución de de la Sección Adolescentes de la Ciudad de San Félix Estado Bolívar, no puede ser exhortado a conocer una causa que no ha sido ejecutada por el Tribunal natural.
En atención a lo anteriormente expuesto se declara sin lugar la solicitud de la defensa. Notifíquese a las partes. Cúmplase.
La Juez Segunda de Control
La Secretaria
Abg. Marisandra Cañizares G.
Abg. Doris Malavé