REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero (3°) Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, once (11) de octubre de dos mil once (2011)
200° y 151°
ASUNTO: AP21-R-2011-001282
PARTE ACTORA: JOSE CRISTINO VASQUEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad No. V-8.396.900.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: EVELIN MAGDALENA MOLLEDA BRACHO, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 58.378.
PARTE DEMANDADA: REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA por órgano del MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA SALUD, la cual asumió los compromisos de LA ALCALDIA METROPOLITANA DE CARACAS ( SECRETARIA DE SALUD).
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: GEYMI DEL VALLE BRITO RUIZ, EDA FRANQUIZ, MARIA GABRIELA FERNANDEZ, MARIA TERESA OTERO, YELITZA RUIZ, GUSTAVO MIGUEL NATERA, JUSTO DE JESUS DELGADO FLORES, ANTONELLA RICCI, VICTOR JOSE CORTEZ, GERALDINE ARIALDA SUAREZ, RUBEN DE JESUS NORA, MONICA MARIA GONCALVES, ADA MARINA RAMIREZ, YUVANESA DANAY VAAMONDE, JENNY DUARTE, TRINO GUILARTE, LUISA ARELIS GONZALEZ, NELSON ANTONIO RODRIGUEZ GOMEZ, VIOLETA DEL CARMEN SOUQUET CORTEZ, HERSARING VERONICA GONZALEZ MACIA, OMAIRA LUCIA WORM, MAGALY PRINCIPE ESCALMA, MARLE JOSEFINA RAMIREZ GALVAN, CARMEN TERESA GOICOECHEA DELGADO, JUDITH JOSEFINA ALFONSO CERMEÑO, KARINA DELGADO, NAIDU ROMERO LANDAETA, MILAGROS IVONNE RAMOS DE RUMBOS, DIRMA MACIAS, HECTOR ACOSTA, GLORIA CONTRERAS COBIS, JEANETTE VARGAS ESPINOZA, FANNY ANGULO SARACHE, TOMAS TORRENS, ANYELA TURMERO, INGRID ROSALES y FRANCIS ACCARDI BARCOVICH, abogados en ejercicio, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nos. 92.989, 17.189, 82.554, 25.212, 63.413, 66.085, 89.521, 100.956, 23.978, 81.576, 107.503, 72.052, 24.053, 76.673, 30.211, 63.460, 55.836, 9.594, 62.293, 118.178, 56.366, 5.683, 125.433, 72.446, 76.636, 83.962, 28.639, 23.599, 22.796, 99.325, 60.071, 113.101, 34.350, 36.099, 64.569, 85.932 y 98.812 respectivamente.
MOTIVO: Recurso de apelación interpuesto por la parte actora, contra el auto de fecha 1º de agosto de 2011 dictado por el Juzgado Cuadragésimo Primero (41°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Iniciada como ha sido la audiencia oral en fecha once (11) de octubre de 2011, este Tribunal pasa a reproducir el fallo dictado en esa misma fecha en los términos siguientes:
Como quiera que en fecha 11 de octubre de 2011, tuvo lugar la audiencia oral en el presente juicio, se evidencia la incomparecencia de la parte actora apelante, ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno, así como la incomparecencia de la representación judicial de la parte demandada no apelante. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 164 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, el cual establece lo siguiente: “En el día y la hora señalados por el Tribunal Superior del Trabajo para la realización de la audiencia, se producirá la vista de la causa bajo la suprema y personal dirección del tribunal. En el supuesto que no compareciere a dicha audiencia la parte apelante, se declarara desistida la apelación y el expediente será remitido a Tribunal de Sustanciación. Mediación y Ejecución correspondiente…. Por lo que verificados como han sido los extremos de ley en cuanto a la estadía a derecho de las partes, conlleva a éste Juzgado Tercero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declarar: el desistimiento del recurso de apelación interpuesto en fecha 02 de agosto de 2011, por la parte actora en contra del auto de fecha 1º de agosto de 2011, dictado por el Juzgado Cuadragésimo Primero (41°) de Primera Instancia de Sustanciación. Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
DISPOSITIVO
Por las razones de hecho y de derecho anteriormente señaladas, este Juzgado Superior Tercero del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: ÚNICO: DESISTIDA la apelación interpuesta por la parte actora contra el auto de fecha 1º de agosto de 2011, dictado por el Juzgado Cuadragésimo Primero (41°) de Primera Instancia de Sustanciación. Mediación y Ejecución del Trabajo la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en consecuencia queda firme la decisión recurrida. No hay condenatoria en costas.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE y DÉJESE COPIA
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Tercero del Trabajo del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en Caracas, a los once (11) días del mes de octubre del año dos mil once (2011). Años: 201º y 152º, de la Independencia y de la Federación, respectivamente
MERCEDES E. GOMEZ CASTRO
LA JUEZA
ANA VICTORIA BARRETO
LA SECRETARIA
NOTA: En esta misma fecha previa las formalidades de ley, se dictó y publicó la anterior decisión.
ANA VICTORIA BARRETO
LA SECRETARIA
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero (3°) Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, once (11) de octubre de dos mil once (2011)
200° y 151°
ASUNTO: AP21-R-2011-001282
PARTE ACTORA: JOSE CRISTINO VASQUEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad No. V-8.396.900.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: EVELIN MAGDALENA MOLLEDA BRACHO, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 58.378.
PARTE DEMANDADA: REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA por órgano del MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA SALUD, la cual asumió los compromisos de LA ALCALDIA METROPOLITANA DE CARACAS ( SECRETARIA DE SALUD).
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: GEYMI DEL VALLE BRITO RUIZ, EDA FRANQUIZ, MARIA GABRIELA FERNANDEZ, MARIA TERESA OTERO, YELITZA RUIZ, GUSTAVO MIGUEL NATERA, JUSTO DE JESUS DELGADO FLORES, ANTONELLA RICCI, VICTOR JOSE CORTEZ, GERALDINE ARIALDA SUAREZ, RUBEN DE JESUS NORA, MONICA MARIA GONCALVES, ADA MARINA RAMIREZ, YUVANESA DANAY VAAMONDE, JENNY DUARTE, TRINO GUILARTE, LUISA ARELIS GONZALEZ, NELSON ANTONIO RODRIGUEZ GOMEZ, VIOLETA DEL CARMEN SOUQUET CORTEZ, HERSARING VERONICA GONZALEZ MACIA, OMAIRA LUCIA WORM, MAGALY PRINCIPE ESCALMA, MARLE JOSEFINA RAMIREZ GALVAN, CARMEN TERESA GOICOECHEA DELGADO, JUDITH JOSEFINA ALFONSO CERMEÑO, KARINA DELGADO, NAIDU ROMERO LANDAETA, MILAGROS IVONNE RAMOS DE RUMBOS, DIRMA MACIAS, HECTOR ACOSTA, GLORIA CONTRERAS COBIS, JEANETTE VARGAS ESPINOZA, FANNY ANGULO SARACHE, TOMAS TORRENS, ANYELA TURMERO, INGRID ROSALES y FRANCIS ACCARDI BARCOVICH, abogados en ejercicio, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nos. 92.989, 17.189, 82.554, 25.212, 63.413, 66.085, 89.521, 100.956, 23.978, 81.576, 107.503, 72.052, 24.053, 76.673, 30.211, 63.460, 55.836, 9.594, 62.293, 118.178, 56.366, 5.683, 125.433, 72.446, 76.636, 83.962, 28.639, 23.599, 22.796, 99.325, 60.071, 113.101, 34.350, 36.099, 64.569, 85.932 y 98.812 respectivamente.
MOTIVO: Recurso de apelación interpuesto por la parte actora, contra el auto de fecha 1º de agosto de 2011 dictado por el Juzgado Cuadragésimo Primero (41°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Iniciada como ha sido la audiencia oral en fecha once (11) de octubre de 2011, este Tribunal pasa a reproducir el fallo dictado en esa misma fecha en los términos siguientes:
Como quiera que en fecha 11 de octubre de 2011, tuvo lugar la audiencia oral en el presente juicio, se evidencia la incomparecencia de la parte actora apelante, ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno, así como la incomparecencia de la representación judicial de la parte demandada no apelante. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 164 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, el cual establece lo siguiente: “En el día y la hora señalados por el Tribunal Superior del Trabajo para la realización de la audiencia, se producirá la vista de la causa bajo la suprema y personal dirección del tribunal. En el supuesto que no compareciere a dicha audiencia la parte apelante, se declarara desistida la apelación y el expediente será remitido a Tribunal de Sustanciación. Mediación y Ejecución correspondiente…. Por lo que verificados como han sido los extremos de ley en cuanto a la estadía a derecho de las partes, conlleva a éste Juzgado Tercero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declarar: el desistimiento del recurso de apelación interpuesto en fecha 02 de agosto de 2011, por la parte actora en contra del auto de fecha 1º de agosto de 2011, dictado por el Juzgado Cuadragésimo Primero (41°) de Primera Instancia de Sustanciación. Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
DISPOSITIVO
Por las razones de hecho y de derecho anteriormente señaladas, este Juzgado Superior Tercero del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: ÚNICO: DESISTIDA la apelación interpuesta por la parte actora contra el auto de fecha 1º de agosto de 2011, dictado por el Juzgado Cuadragésimo Primero (41°) de Primera Instancia de Sustanciación. Mediación y Ejecución del Trabajo la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en consecuencia queda firme la decisión recurrida. No hay condenatoria en costas.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE y DÉJESE COPIA
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Tercero del Trabajo del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en Caracas, a los once (11) días del mes de octubre del año dos mil once (2011). Años: 201º y 152º, de la Independencia y de la Federación, respectivamente
MERCEDES E. GOMEZ CASTRO
LA JUEZA
ANA VICTORIA BARRETO
LA SECRETARIA
NOTA: En esta misma fecha previa las formalidades de ley, se dictó y publicó la anterior decisión.
ANA VICTORIA BARRETO
LA SECRETARIA
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