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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 PODER JUDICIAL
 Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
 Caracas, diecisiete (17) de octubre de dos mil once (2011)
 201º y 152º
 
 N° DE EXPEDIENTE:   AP21-L-2011-004498
 PARTE ACTORA:   ITAL VENEZUELA AGUILAR
 APODERADOS DE LA PARTE ACTORA:   NO CONSTITUYÓ
 PARTE DEMANDADA:    BFC BANCO FONDO COMUN BANCO UNIVERSAL
 APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA:   JOSUE VICENTE RODRIGUEZ
 MOTIVO:   COBRO DE DIFERENCIAS DE PRESTACIONES SOCIALES
 
 En el día hábil de hoy diecisiete (17) de octubre de dos mil once (2011), siendo las 9:00 A. M., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se deja expresa constancia que se encuentra presente el abogado JOSUE VICENTE RODRIGUEZ, inscrito en el IPSA bajo el No. 51.226, quien actúa como apoderado judicial de la parte demandada, BFC BANCO FONDO COMUN, BANCO UNIVERSAL, se deja expresa constancia de que la parte actora, ciudadana ITAL VENEZUELA AGUILAR, no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, ni por medio de si ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. No hay condenatoria en costas de conformidad con lo dispuesto en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 152 ° y 201 °. En esta misma fecha se publicó y diarizó la presente decisión.
 
 EL JUEZ
 EL SECRETARIO
 ABG. JOSÉ FRANCISCO GONZÁLEZ LAMUÑO
 ABOG. RONALD ARGUINZONES
 
 
 
 
 
 APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA
 
 
 
 
 
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