REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Quinto (5°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del
Área Metropolitana de Caracas
Caracas, once (11) de octubre de dos mil once (2011)
201º y 152º
ASUNTO: AP21-L-2011-004815
Vista la diligencia presentada por la abogada DALIA COIRAN, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 92.729, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, mediante la cual desiste del procedimiento del asunto AP21-L-2011-004815; asimismo solicita al Tribunal de por terminado el presente asunto y ordene el cierre y archivo del presente asunto; consignando copia del poder otorgado por la ciudadana ADRIANA RODRÍGUEZ, constante de tres (3) folios útiles; en consecuencia este Juzgado visto el desistimiento presentado por la apoderada judicial de la parte actora, lo homologa, en virtud de que el mismo no vulnera derechos irrenunciables ni normas de orden publico, dándole efecto de cosa Juzgada.
LA JUEZ
NEREIDA HERNÁNDEZ GONZÁLEZ
LA SECRETARIA
MARÍA DÁVILA
NOTA: En la misma fecha se dictó, publicó y diarizó la presente decisión.
LA SECRETARIA
MARÍA DÁVILA
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