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ACTA
 
 N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2011-002287
 
 
 PARTE ACTORA: ANA MARIA MIERES
 APODERADO DE LA PARTE ACTORA: CIRO MEDINA  Y JUAN RAMON ECHEVERRIA
 PARTE DEMANDADA: BRISBANE, MENDES DE LEON, PETTUS Y ASOCIADOS REPRESENTANTES DE OPPENHEIMER & CO. INC.
 APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: CRISTINA DE NOBREGA
 MOTIVO: DIFERENCIAS DE PRESTACIONES SOCIALES
 
 Hoy, 27 de Octubre de 2011, siendo las 2:00 p.m., día y hora fijados para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma las abogadas CAROLINA DAZA Y GERALDINE DELIMA JORDÁN inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo  los Nros.- 145.717 y 144.422 respectivamente, en su carácter de apoderados judiciales de la parte demandada, Se deja expresa constancia que la parte actora, ciudadana ANA MARIA MIERES, no compareció a la celebración de la Audiencia Preliminar, ni por sí ni por intermedio de apoderado judicial alguno; por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Se condena en costa a la parte accionante de conformidad con lo establecido en el artículo 130, parágrafo tercero de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 151 ° y 200 °.
 LA JUEZ
 
 
 YRMA ROMERO M.
 
 EL SECRETARIO
 
 MARIO COLOMBO
 
 
 
 
 
 
 APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
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