| 
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 
 
 PODER JUDICIAL
 Tribunal Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas
 Caracas, diecinueve de octubre de dos mil once
 201º y 152º
 ASUNTO : AP21-S-2011-001879
 
 Visto el escrito transaccional presentado en fecha trece (13) de octubre de dos mil once (2011) por la parte oferente: empresa FUNDACION HOSPITAL CARDIOLOGICO INFANTIL LATINOAMERICANO “DR. GILBERTO RODRIGUEZ OCHOA”, representado por su apoderado judicial el abogado en ejercicio CARLOS SANCHEZ, I.P.S.A. Nro. 114.069, y por la otra, la  ciudadana YUSVELY ZORRILLA , titular de la cédula de identidad Nro. 14.048.089 en su carácter de parte oferida,  debidamente asistida por la  abogada en ejercicio ANGELA FERREIRA, I.P.S.A. Nro. 109.996, en el cual llegan a un acuerdo por la cantidad de Bs. 41.145,17, mediante cheques que declara recibir en el mismo acto; este Tribunal por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables de la trabajadora ni normas de orden público, fue celebrada por personas debidamente facultadas para ello y contiene una relación circunstanciada de los hechos que la motivan y los derechos en ella comprendidos, este Tribunal Décimo Cuarto (14°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en uso de sus competencias legales HOMOLOGA la transacción; dándole efectos de cosa juzgada, de conformidad con el artículo 89, numeral 2 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, el  artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia con los artículos 10 y 11  Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo.
 La Jueza
 
 El Secretario
 
 Abg. Olga Romero
 Abg. Tomas Mejías
 
 |