REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Vigésimo Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas
Caracas, veintisiete de octubre de dos mil once
201º y 152º
ASUNTO : AP21-L-2011-002264
Vista la diligencia de fecha 05 de octubre de 2011, suscrita por la ciudadana DIATILUZ GONZALEZ , titular de la cédula de identidad N°: 16.084.584 , asistida por la abogado YORGARD MONASTERIOS , IPSA n°: 113.475 , mediante la cual desiste , del presente procedimiento; seguido contra la demandada Fundación Librerías del Sur, representada por la abogado María Elena Droz, IPSA: N° 90.856. Al respecto, este Tribunal de la lectura del expediente observa: que el desistimiento es producto de los acuerdos alcanzados, por las partes en la fase de persistencia en el despido que lleva este Tribunal . Por lo que visto la aceptación de la parte actora de las cantidades consignadas en la libreta de ahorro a nombre de la trabajadora y que como consecuencia del deposito realizado por la demandada por los conceptos que se causaron con ocasión a la relación de trabajo la parte actora, DESISTE en este acto del procedimiento, esta Juzgadora acuerda la entrega de la libreta a la trabajadora a los fines que retire las cantidades consignadas a su favor. Líbrese oficio a la Oficina de Consignaciones. En consecuencia; visto el desistimiento realizado por la parte actora en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 152 ° y 201 °.
El Juez
El Secretario
Abg. Beatriz Pinto
Abg. Héctor Mujica
|