ACTA
N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2011-003099
PARTE ACTORA: HOLVIS JOSE SANCHEZ COLINA
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: NANCY GONZALEZ y otros.
PARTE DEMANDADA: INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES (INASS)
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: FALIME HERNANDEZ y ROBERTH MEDINA
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES
Hoy, 11 de octubre de 2011, a las 11:30 a.m., día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma el ciudadano HOLVIS SANCHEZ, titular de la cédula de identidad Nº 15.974.897, en su carácter de parte actora, representado por la abogada FABIOLA ÁLVAREZ; inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 49.596, y JOSÉ CASTILLA y ROBERTH MEDINA, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 144.718 y 147.339, respectivamente, en su carácter de apoderados judiciales de la parte demandada, quienes han llegado al siguiente acuerdo: La parte demandada ofrece pagar a la parte actora por todos y cada uno de los conceptos demandados, en este acto, la cantidad de DOCE MIL QUINIENTOS CUARENTA BOLIVARES CON QUINCE CENTIMOS (Bs. 12.540,15), a través de cheque Nº 04514514, a nombre del trabajador, girado contra la cuenta corriente Nº 01080002180100086469, del Banco Provincial; la parte actora visto el ofrecimiento realizado por la parte demandada, lo acepta en los términos expuestos y señala que nada tiene que reclamar ni por los conceptos aquí demandados ni por ningún otro concepto que se derive o pueda derivarse de la relación de trabajo. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Asimismo, se deja constancia que se devolvieron las pruebas promovidas por las partes. Finalmente, se ordena el cierre y archivo del expediente.
La Jueza,
Abg. Karla González Mundaraín
Parte actora y su apoderada judicial
Apoderados judiciales de la parte demandada
El Secretario,
Abg. Antonio Boccia
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