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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 EN SU NOMBRE
 
 JUZGADO CUADRAGÉSIMO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA
 METROPOLITANA DE CARACAS
 
 Caracas, 28 de Octubre de 2011
 Año 201° y 152°
 
 
 ASUNTO N°: AP21-S-2011-001889
 
 Vista la transacción presentada en fecha 13 de Octubre de 2011, suscrita por la parte oferida, ciudadano WILLIAM TORRES, titular de la cédula de identidad Nº 18.110.892,  asistido por la abogada YASMMINE MARIA DEL V. SALOMÓN DE VARELA, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 139.970, por una parte y por la otra el abogado DAVID ROBERTO HERNANDEZ GIULIANI, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº104.746, en su carácter de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil SEGURIDAD INTEGRAL 698, C.A., mediante  la  cual llegaron  a un acuerdo transaccional por la cantidad de DIEZ MIL DOSCIENTOS CINCUENTA BOLIVARES (Bs.10.250,00), cancelados mediante cheque Nº 16-78919890, de la cuenta Nº 0151-0049-41-8490022599, del Banco Fondo Común, a nombre de WILLIAM TORRES, este Tribunal HOMOLOGA dicha transacción conforme al articulo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo y los artículos 10 y 11 de su Reglamento, procediendo como en sentencia pasada en autoridad  de Cosa Juzgada.
 LA JUEZ
 
 SADY CARDONA MORENO
 
 
 LA SECRETARIA
 
 MARIANDREA GONZALEZ
 
 
 
 
 
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