JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN
Caracas, 17 de octubre de 2011
201º y 152º
En fecha 29 de septiembre de 2010, este Juzgado de Sustanciación de la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, dictó auto mediante el cual ordenó abrir una articulación probatoria de ocho (08) días de despacho, a fin que las partes consignaran las probanzas que consideraran pertinentes en la incidencia relacionada con la impugnación ejercida por la apoderada judicial del Municipio recurrido contra la documental presentada por el apoderado judicial de la parte actora en el presente recurso contencioso administrativo funcionarial (en apelación), ello de conformidad con lo previsto en el artículo 607 del Código de Procedimiento Civil, aplicable por remisión expresa del artículo 31 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
En fecha 13 de octubre de 2011, se recibió escrito de consideraciones de la articulación probatoria, presentado por la abogada Margarita Navarro de Ruozi, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 15.452, en su carácter de apoderada judicial del Municipio demandado.
En fecha 17 de octubre de 2011, el abogado Daniel Rosales Cohen, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 71.174, en su condición de apoderado judicial de la ciudadana Elizabeth Patricia Mariño, consignó escrito de promoción pruebas.
Señalado lo anterior, este Tribunal pasa a proveer sobre las pruebas promovidas por el apoderado judicial de la parte accionante, en los siguientes términos:
I
Documental
En cuanto a la documental invocada en el Capítulo I del referido escrito, indicada en el literal “a” presentada por la parte accionante en copia simple marcada con la letra “A”, la cual riela a los folios 300 al 303; este Juzgado de Sustanciación la admite cuanto ha lugar en derecho se requiere, salvo su apreciación en la definitiva, por no ser manifiestamente ilegal ni impertinente. Así se decide.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado de Sustanciación de la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo. En Caracas, a los diecisiete (17) días del mes de octubre de dos mil once (2011). Año 201° de la Independencia y 152° de la Federación.
La Jueza Provisoria,

Mónica Leonor Zapata Fonseca
La Secretaria,

Ana Teresa Oropeza de Mérida


XO/zy.-
Exp. N° AP42-R-2005-000576