REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN BARQUISIMETO.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Control de Barquisimeto
Barquisimeto, 7 de Octubre de 2011
201º y 152º

ASUNTO PRINCIPAL : KP01-P-2011-021062
ASUNTO : KP01-P-2011-021062

FUNDAMENTACION DE DECLARATORIA DE PROCEDIMIENTO POR CONSUMO (ARTICULO 141 LEY ORGANICA DE DROGAS):

Juez: Abg. Amelia Jiménez
Secretario: Abg. Pedro Rafael Chacón
Alguacil: Henry Rodríguez
Fiscal del Ministerio Público del Estado Lara: Abg. Rosa González
Imputado: Miguel Ángel Goyo Goyo, titular Cédula de Identidad Nº 20.473.915, venezolano, nacido el 14-12-1984, en Duaca, Estado Lara, de 26años de edad, estado civil: soltero, 3er. Grado de Educación Básica, de ocupación: albañil, hijo de María de Jesús Goyo y padre desconocido, residenciado en: Urbanización La Rueza, sector 8, avenida 5 detrás del módulo policial, casa Nº 80 de esta ciudad, teléfono 0426-3070655
Revisado en el Sistema Juris2000 se observa que no registra otro asunto penal
Defensa: Abg. Yoleida Rodríguez

Corresponde a este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control nro. 04 de este Circuito Judicial Penal FUNDAMENTAR la declaratoria con lugar de seguir el Procedimiento Por Consumo, previsto en el artículo 141 de la Ley Orgánica de Drogas, en audiencia oral celebrada en fecha 06 de octubre de 2011, la cual es del tenor siguiente:

PRIMERO: DESRROLLO DE LA AUDIENCIA:

“…Siendo las 12:35 p.m., del día 06 de Octubre de 2011, oportunidad fijada para realizar Audiencia de conformidad con lo establecido en el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal, se constituye el Tribunal de Control Nº 4 de este Circuito, integrado por la Jueza Abg. Amelia Jiménez, el Secretario de Sala Abg. Pedro Rafael Chacón y el Alguacil de Sala Henry Rodríguez. Se deja constancia de la presencia de: la Fiscal del MP., Abg. Rosa González, el ciudadano Miguel Angel Goyo y la defensa pública Abg. Yoleida Rodríguez. El Juez da inicio a la presente audiencia e informa a las partes el motivo de la misma. Acto seguido se le concede la palabra a la Fiscal del Ministerio Público quien expone: las circunstancias de hecho y de derecho por las cuales presenta al ciudadano Miguel Angel Goyo Goyo y hace una exposición de cómo se suscitaron los hechos en fecha 04-10-2011, funcionarios adscritos a la Estación Policial Las Clavellinas detienen al referido ciudadano, hace mención a lo referido en el acta policial, me reservó el derecho de peticionar en cuanto a la medida de coerción, así como del procedimiento una vez el imputado declare si así lo hiciera; consigna copia de la prueba de orientación, la cual arrojó un peso neto de uno coma siete gramos (2.7) gramos de marihuana, es todo. Seguido se le impuso al imputado, del precepto constitucional inserto en el artículo 49 ordinal 5° de la Constitución de la República Bolivariana Venezuela y artículo 131 del Código Orgánico Procesal Penal y del hecho que le atribuye el Fiscal en palabras claras y sencillas, así como la oportunidad o momento procesal en el que puede hacer uso de los medios alternativos a la prosecución del proceso, el ciudadano Miguel Angel Goyo Goyo, plenamente identificado en el encabezamiento del acta y libremente manifestó que: “si voy a declarar” y lo hace de la siguiente manera: “yo iba a consumir, era primera vez, es todo”. Seguido el Tribunal concede la palabra al Fiscal del Ministerio Público, quien entre otras cosas expone: solicito se siga el procedimiento conforme a lo establecido en el artículo 141 del COPP, es todo. Seguido se le cede el derecho de palabra a la defensa, quien entre otras cosas expone: estoy de acuerdo con que se ordene seguir el procedimiento establecido en el artículo 141 del COPP y se le practiquen los exámenes a que se refiere el referido artículo, es todo …”

SEGUNDO: MOTIVACIONES PARA DECIDIR:

Siendo que nos encontramos en presencia de las circunstancias que prevé el articulo 141 de la Ley Orgánica de Drogas, donde es presentado un ciudadano por el Ministerio Público a quien se le incautó según prueba de orientación la cantidad de 2.7 gramos de marihuana, dosis inferior a la cantidad prevista en el numeral 2 del artículo 131 Ejusdem, manifestando el pre-nombrado ciudadano ser consumidor de dicha sustancia, lo procedente en derecho es seguir el procedimiento por consumo previsto en la norma in comento y ordenar la practica de las experticias correspondientes, ordenar el sometimiento a tratamiento de desintoxicación, así como imponer la obligación de prohibición de consumir cualquier tipo de sustancias estupefacientes y psicotrópicas.-

DISPOSITIVA:

Este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control nro. 04 de este Circuito Judicial Penal, administrando Justicia en Nombre de la República y Por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se acuerda la tramitación de la causa por el PROCEDIMIENTO de CONSUMO, de conformidad con el 141 del la Ley Orgánica de Droga, con relación al ciudadano: Miguel Angel Goyo Goyo, titular Cédula de Identidad Nº 20.473.915.
SEGUNDO: Se impone al ciudadano: Miguel Angel Goyo Goyo, titular Cédula de Identidad Nº 20.473.915 y la obligación de acudir a la ONA a fin de que le practiquen los exámenes Psiquiátricos, Psicológicos y Sociales, así como la obligación de someterse a tratamiento de desintoxicación, de igual manera se le impone de manera expresa de no consumir ningún tipo de sustancias estupefacientes y Psicotrópicas.
TERCERO: Se ordena la libertad inmediata del ciudadano: Miguel Angel Goyo Goyo, titular Cédula de Identidad Nº 20.473.915.- Líbrese oficio a la ONA. Notifíquese a las partes, Regístrese, publíquese, cúmplase lo ordenado.-
El Juez

El Secretario
Abg. Amelia Jiménez García.