REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL
CIRCUNSCRIPCION DEL ESTADO LARA
TRIBUNAL EN FUNCION DE EJECUCION Nº 2
Barquisimeto, 31 de Octubre del 2011
Años: 200º y 152º
ASUNTO: KP01-P-2007-001451
EXTINCION DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL
Se evidencia que JIANNY MARCELINO BELLO, C.I.V-Nº 14.585.467, fue condenado a cumplir la pena de Seis (06) Años de Prisión, por el Delito de Robo Genérico, Previsto y Sancionado en el articulo 455 del Código Penal. En fecha 08 de Enero del 2010, este Tribunal emitió pronunciamiento en la cual otorga el Beneficio de Libertad Condicional, y se evidencia según el Informe de Finalización de fecha 25 de Agosto del 2011, emitido por el Delegado de Prueba, que el Penado finalizo el cumplimiento de las condiciones impuesta en forma Favorable, en consecuencia se Declara la Extinción de la Responsabilidad Criminal por Cumplimiento de la Condena de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 105 del Código Penal; Y Así se Decide
DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal de Ejecución No. 2, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, y en virtud de lo dispuesto en el Artículo 105 del Código Penal, DECLARA LA EXTINCIÓN DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL, por el cumplimiento de la condena a JIANNY MARCELINO BELLO, C.I.V-Nº 14.585.467, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 105 del Código Penal.
Notifíquese al Fiscal Décimo Tercero del Ministerio Público del Estado Lara, a la Defensa y al Penado.
Regístrese, Publíquese, Notifíquese y Ofíciese.
EL JUEZ DE EJECUCIÓN Nº 2
ABG. LUIS ALFONSO MARTINEZ
LA SECRETARIA
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