REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, diecisiete de octubre de dos mil once
201º y 152º
ASUNTO: KP02-S-2009-003826
Vista la presente solicitud de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS intentada por el ciudadano FRANCISCO JOSE FREYTES TORRES, mayor de edad, venezolano, titular de la cédula de identidad No. 2.597.023, asistido por el abogado Juan Carlos Rodríguez, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nº 80.185, de este domicilio, se observa que desde el auto de fecha día 25/03/3009, fecha en la cual se le ordeno la consignación del acta de defunción de los padrea del causante el original, a los fines de la admisión, hasta la presente fecha, no se le dio impulso procesal. En consecuencia, se declara terminado el procedimiento y se ordena el archivo del expediente. Déjese copia.
La Juez
(Copia)
MARILUZ JOSEFINA PÉREZ
La Secretaria
(Copia)
ELIANA HERNÁNDEZ SILVA
MJP/dmg
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