REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, tres de octubre de dos mil once
201º y 152º
ASUNTO: KP02-T-2010-000056
Vista la presente demanda de DAÑOS Y PERJUICIOS intentada por el ciudadano GIOVANNY ANTONIO OCANTO, mayor de edad, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 7.357.801, contra el ciudadano JARRISON JOSE GUERRERO, BANCO PROVINCIAL S.A. BANCO UNIVERSAL y SEGUROS CARACAS C.A., se observa que desde el auto de fecha 27/09/2010, fecha en la cual ratifican el auto de fecha 13/08/2010, donde solicitaron la consignación de los documentos originales, a los fines de la admisión, hasta la presente fecha, no se le dio impulso procesal. En consecuencia, se declara terminado el procedimiento y se ordena el archivo del expediente. Déjese copia.
La Juez
MARILUZ JOSEFINA PÉREZ
La Secretaria
ELIANA HERNÁNDEZ SILVA
MJP/dmg
|