En horas de despacho del día de hoy, VEINTICINCO (25) de Octubre de dos mil Once (2011), siendo las 10:00 de la mañana, se trasladó y constituyó el Tribunal Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua, San Diego y Carlos Arvelo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en la sede del Juzgado del Municipio Carlos Arvelo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, ubicado en la Avenida Miranda, Edificio Padre Cecilio Avila, Apartamento 1, Piso 1, Municipio Carlos Arvelo del Estado Carabobo, en compañía del Abogado CARLOS ALBERTO RODRIGUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 27.459, actuando en su propio nombre y representación, a fin de practicar la medida de Embargo Ejecutivo decretada por el comitente, contra el demandado DIONISIO RODRIGUEZ ORTEGA. El Tribunal se encuentra acompañado por una comisión policial a (2 funcionarios) a cargo de la Sargento Segundo Carmen Esqueda, Placa N° 2422. Presente el ciudadano JOSE HUMBERTO ZAMBRANO GARCIA, titular de la Cédula de Identidad N° 7.024.401, a quien en su carácter de Juez Provisorio del Juzgado se le notificó de la misión a realizar, y manifestó que no había despacho debido a las diversas causas acumuladas a la raíz de las competencias nuevas que nos fueron asignadas por el Tribunal Supremo de Justicia y mantener los diferentes libros que componen este Tribunal, al día con la fecha y que por lo tanto este Juzgado Primero Ejecutor de Medidas no puede practicar la medida ejecutiva de embargo ordenada por este mismo juzgado que represento. Seguidamente el Tribunal visto lo manifestado por el notificado, y respetando su criterio al respecto, se deja constancia que ciertamente en la puerta de acceso al Juzgado esta el letrero de NO HAY DESPACHO, se abstiene de practicar la medida Ejecutiva de Embargo. La parte actora se reserva el derecho de practicarla en otra oportunidad previa solicitud. El Tribunal hace constar que la presente acta se transcribió en un equipo Laptop marca Lenovo, signado como bien nacional con el N° 03/20-2008/ COMP- 0719 e impresa en una Impresora portátil marca HP signada como bien nacional bajo el N° 03-2008/ELEC-2603, ambos equipos asignados a este Tribunal y propiedad de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura. Es todo. Siendo las 10:22 de la mañana, Terminó, se leyó y conformes firman. LA JUEZA PROVISORIA, (Fdo. Firma Ilegible). DRA. NINOSHKA ZAVALA. LA PARTE ACTORA, (Fdo. Firma Ilegible). EL NOTIFICADO, (Fdo. Firma Ilegible). LA FUNCIONARIA POLICIAL, (Fdo. Firma Ilegible). LA SECRETARIA, (Fdo. Firma Ilegible). ABG. ZORKA CARBONELL
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