REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR TERCERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO

Valencia, 26 de OCTUBRE de 2011
201° y 152°

SENTENCIA INTERLOCUTORIA


RECURSO
GP02-R-2011-000311

ASUNTO PRINCIPAL
GP02-X-2011-000119







RECURRENTE BRIDGESTONE FIRESTONE VENEZOLANA C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil que llevo el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en fecha 23/10/1956, bajo el No. 1, con acta de Asamblea General Extraordinaria inscrita en fecha 29/01/1997, bajo el No. 2, por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado carabao, bajo el No. 2, tomo 8, con posterior modificación inscrita por ante el referido Registro en fecha 28/08/2003, bajo el No 29, tomo 48-A.

APODERADO JUDICIAL EDUARDO ANTONIO AULAR BARRIOS, OSWALDO PINTO MALAGA y XIOMARA GUEDEZ SEVILLA, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 26.948, 20.644 y 55.484, en su orden

TRIBUNAL A QUO JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.


MOTIVO DE LA APELACION: Negativa de Medida dictada por el Juzgado Tercero de juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, en Fecha 26 de Julio de 2011. Providencia Administrativa N° 621 de fecha 31/05/2011, mediante la cual se declara Con Lugar la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos interpuesta por el ciudadano JOSE LUIS LOPEZ FERNANDEZ titular de la cédula de identidad Nº 12.521.052 emanada de la Inspectoría del Trabajo Cesar “Pipo” Arteaga de los Municipios Autónomos San Diego, Naguanagua y las Parroquias San Blas, San José, Catedral y Rafael Urdaneta del Estado Carabobo.

ASUNTO
MEDIDA CAUTELAR DE SUSPENSIÓN DE EFECTOS


Fueron recibidas de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del circuito judicial Laboral de Valencia, en este Juzgado Superior, las presentes actuaciones en consideración del recurso de apelación interpuesto por la abogada XIOMARA GUEDEZ SEVILLA, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 55.484, en su carácter de apoderada judicial de la parte recurrente que lo es BRIDGESTONE FIRESTONE VENEZOLANA C. A, contra la sentencia emanada por el Juzgado Tercero de Primera de juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, en Fecha 26 de Julio de 2011, en el juicio de Nulidad de Providencia Administrativa con medida cautelar incoado por la empresa BRIDGESTONE FIRESTONE VENEZOLANA C.A contra la negativa de la medida de suspensión de efectos de la Providencia administrativa Nº 621 de fecha 31/5/2011, emanada de la inspectoria del Trabajo Cesar Pipo Arteaga, donde el Tribunal A quo declaro: IMPROCEDENTE LA MEDIDA DE SUSPENSION DE EFECTOS SOLICITADA por la representación judicial de la parte recurrente..

Recibidos los autos en fecha 5 de octubre de 2011, y enterado la Juez de la causa, se procedió a reglamentar la misma de conformidad con lo previsto en los artículos 88 al 93 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

El artículo 92 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, el cual preceptúa, cito:

Artículo 92. “Fundamentación de la apelación y contestación. Dentro de los diez días de despacho siguientes a la recepción del expediente, la parte apelante deberá presentar un escrito que contenga los fundamentos de hecho y de derecho de la apelación, vencido este lapso, se abrirá un lapso de cinco días de despacho para que la otra parte dé contestación a la apelación.
La apelación se considerará desistida por falta de fundamentación.” Negrillas y subrayado del Tribunal.


Como se evidencia la recurrente tenia diez (10) días de despacho para fundamentar su apelación; Este Juzgado realiza un computo de los días de despacho de este Juzgado, transcurridos desde 5/10/2011 exclusive hasta el 20/10/2011 inclusive, revisado el libro diario se deja constancia que han transcurrido 10 días de despacho los cuales son: JUEVES 6 DE OCTUBRE DE 2011, VIERNES 7 DE OCTUBRE 2011; LUNES 10 DE OCTUBRE DE 2011, MARTES 11 DE OCTUBRE DE 2011, JUEVES 13 DE OCTUBRE DE 2011 , VIERNES 14 DE OCTUBRE DE 2011, LUNES 17 DE OCTUBRE DE 2011, MARTES 18 DE OCTUBRE DE 2011, MIÉRCOLES 19 DE OCTUBRE DE 2011 y JUEVES 20 DE OCTUBRE DE 2011.
Analizado el computo se puede observar que la abogada de la recurrente no presento escrito de fundamentación de la apelación a que se contrae el artículo 92 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

Por lo antes expuesto, y al no haber fundamentado el recurrente su apelación, este TRIBUNAL SUPERIOR TERCERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:

• DESISTIDO el recurso de apelación interpuesto en fecha 28 de julio de 2011, por la Abogada XIOMARA GUEDEZ , inscrita en el inpreabogado bajo en numero 55.484, actuando en su carácter de apoderada judicial de la recurrente que lo es BRIDGESTONE FIRESTONE VENEZOLANA C. A.,

• Se ordena remitir el presente expediente al JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE ESTA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL, a quien corresponde el conocimiento de la causa principal.

• Líbrese oficio al Juzgado A Quo.

No se condena en costas.

Publíquese, Regístrese y déjese copia certificada de la presente sentencia de conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil. .

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, a los veintiséis (26) días del mes de octubre del año dos mil once (2011). Años 201° de la Independencia y 152° de la Federación.



ABG YUDITH SARMIENTO DE FLORES
LA JUEZ TEMPORAL
ABG. LOREDANA MASSARONI
LA SECRETARIA



En la misma fecha y previo el cumplimiento de las formalidades legales, se dictó, publicó y diarizó la anterior decisión, siendo las 3:30 p.m.





ABG. LOREDANA MASSARONI
LA SECRETARIA





YSDF/VPM/LM