REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Lara (Carora)
Carora, veintiocho de septiembre de dos mil once
201º y 152º


ASUNTO: KP12-J-2011-000306

MOTIVO: DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS


Solicitante: María Gregoria González Gómez, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.849.760.

En fecha 21 de julio de 2.011, la ciudadana María Gregoria González Gómez, ya identificada, actuando en nombre y representación de sus hijos Enderson José, titular de la cédula de identidad Nº V-21.274.431 y los adolescentes (Identidad omitida en concordancia con el art. 65 de la L.O.P.N.N.A.), titulares de las cédulas de identidad Nº V- (Identidad omitida en concordancia con el art. 65 de la L.O.P.N.N.A.), respectivamente, presento escrito ante este Juzgado, en el cual solicita sean declarados como Únicos y Universales Herederos del causante Oscar Rafael Gómez Pereira, quien en vida fuera titular de la cédula de identidad Nº V-9.849.781, fallecido en la carretera panamericana, sector Sicarigua del estado Lara, en fecha treinta (30) de marzo de 2011, tal como consta en el acta de defunción consignada que riela al folio cuatro (04) de autos.
En fecha 22 de julio de 2.011, se admitió la solicitud, se ordenó la publicación de un edicto, oír la opinión de los adolescentes.
En fecha 28 de julio de 2011, se oyeron las opiniones de los adolescentes.
En fecha 28 de julio de 2011 fue consignada diligencia presentada por la ciudadana María Gregoria González Gómez, anteriormente identificada en el cual recibió edicto, para su debida publicación.
En fecha 03 de agosto de 2011, se recibió diligencia presentada por la ciudadana María Gregoria González Gómez, identificada en autos, donde consignó el edicto debidamente publicado por el diario “El Caroreño”, y consignó los datos de los testigos que presentaría en su debida oportunidad.
En fecha 21 de septiembre de 2011, se dejó expresa constancia que venció el edicto publicado, sin que compareciera ninguna persona a impugnar el mismo.
En fecha 22 de septiembre de 2011, se fijó la oportunidad para oír a los testigos propuestos, ciudadanos Gaudys Ramón Colmenarez y Mildred Iraly Montes de Oca Rodríguez, venezolanos, titulares de las cédulas de identidad Nº V-9.638.929 y Nº V- 14.377.367, respectivamente.
En fecha 27 de septiembre de 2011, se dejó constancia que los testigos comparecieron a rendir sus declaraciones.

Este Juzgado observa:

De los recaudos acompañados y de las declaraciones de los testigos ciudadanos Gaudys Ramón Colmenarez y Mildred Iraly Montes de Oca Rodríguez, ya identificados, quienes dieron fe de conocer a la solicitante ciudadana María Gregoria González Gómez y a sus hijos el ciudadano Enderson José y los adolescentes (Identidad omitida en concordancia con el art. 65 de la L.O.P.N.N.A.) , este Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Niños, Niñas y Adolescentes administrando justicia y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara Únicos y Universales Herederos del causante Oscar Rafael Gómez Pereira, a sus hijos el ciudadano Enderson José Gómez Pereira y los adolescentes (Identidad omitida en concordancia con el art. 65 de la L.O.P.N.N.A.), quienes como tales concurrirán a la herencia dejada por el de cujus, dejando a salvo los derechos de terceros de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil. Expídanse copias certificadas de todas las actuaciones que contiene esta solicitud, así como de la presente decisión y archívese. Devuélvanse los originales a la solicitante. Carora, 28 de septiembre de 2011. Años 201º y 152º.

LA JUEZ PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA
DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN

Abg. LUISA CRISTINA GONZÁLEZ CAMPOS


LA SECRETARIA (S)

Abg. LAURA JUAREZ

En esta misma fecha se registró bajo el Nº 451 - 2.011 y se publicó siendo las 11:30 a.m.

LA SECRETARIA (S)

Abg. LAURA JUAREZ


KP12-J-2011-000306